Está Vd. en

Documento BORME-C-2015-9013

GRUPONEO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NEOPLAST, S.A.
NEO STAMP, S.L.
GARVE VALORES, S.L.
NEO INVER, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 165, páginas 10658 a 10659 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-9013

TEXTO

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 51.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, Ley 3/2009), se hace público el proyecto común de fusión de las sociedades NEOPLAST, S.A. (Sociedad Absorbida), NEO STAMP, S.L. (Sociedad Absorbida), GARVE VALORES, S.L. (Sociedad Absorbida) y NEO INVER, S.L. (Sociedad Absorbida), que serán absorbidas por GRUPONEO, S.L. (Sociedad Absorbente), redactado y suscrito por los administradores de todas estas sociedades con fecha 9 de julio de 2015 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 6 de agosto de 2015; proyecto que supondrá el traspaso en bloque a la Sociedad Absorbente del patrimonio social de todas las Sociedades Absorbidas a título de sucesión universal, quedando subrogada la Sociedad Absorbente en todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas con carácter general y sin reserva ni limitación alguna, y con extinción vía disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas.

La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, al tratarse de la absorción de sociedades íntegramente participadas. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la citada Ley 3/2009, (ii) los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de las Sociedades Absorbidas.

De conformidad con el citado artículo 51.1 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios de la Sociedad Absorbente y a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión, de examinar en el domicilio social de cada una de las sociedades, los documentos indicados en los números 1.º y 4.º, y, en su caso, 2.º, 3.º y 5.º, del apartado 1 del artículo 39 de la Ley 3/2009, así como a obtener, cuando no se haya publicado en la página web, en los términos previstos en el artículo 32 de la citada Ley, la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de los mismos. No ha de efectuarse informe de experto independiente al tratarse de absorción de sociedades íntegramente participadas.

También, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbente, cuyos créditos no se encuentren suficientemente garantizados, a oponerse a la fusión durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Finalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho de los socios que representen, al menos, el uno por ciento del capital social de la Sociedad Absorbente, a exigir la celebración de la junta general para la aprobación de la fusión, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de publicación del presente anuncio, mediante requerimiento notarial a los administradores.

Parla, 20 de agosto de 2015.- D. Raúl García Magán (DNI: 02223828-G), como Representante del Administrador Único Neo Inver, S.L. (C.I.F.: B-80350457) de las Sociedades Gruponeo, S.L., Neoplast, S.A., Neo Stamp, S.L. y Garve Valores, S.L.; D. Raúl García Magán (DNI: 02223828-G), como Presidente del Consejo de Administración de Neo Inver, S.L. (C.I.F.: B-80350457), y D. Jorge García Magán (DNI: 02234824-Y), como Secretario del Consejo de Administración de Neo Inver, S.L. (C.I.F.: B-80350457).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid