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Documento BORME-C-2015-8792

CONSTRUCCIONES V. DEL VALLE,
SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ECIJER VALLE, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CONSTITUCIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 152, páginas 10407 a 10407 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-8792

TEXTO

Anuncio de escisión parcial.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, por remisión del artículo 73 de la citada Ley, se hace público que el día 16 de julio de 2015, la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad "Construcciones V. del Valle, Sociedad Limitada" acordó, de forma unánime, la escisión parcial de la Compañía mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte de su patrimonio, en concreto una unidad constituida por las acciones representativas del 99,86 % de "Adasol, Sociedad Anónima", a favor de una sociedad de nueva creación, que girará bajo la denominación de "Ecijer Valle, Sociedad Limitada", distribuyéndose los socios de la sociedad escindida parcialmente, las nuevas participaciones de la Sociedad Beneficiaria, de forma proporcional a su participación en el capital social de la sociedad escindida. "Ecijer Valle, Sociedad Limitada" se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido.

La sociedad escindida reducirá su capital en el importe de 2.145 euros y sus reservas en el importe de 75.952 euros.

La operación será ejecutada de conformidad con el artículo 42 de la reseñada Ley 3/2009, sobre la base del proyecto de escisión suscrito el 15 de junio de 2015 por los Administradores de la escindida y tomando como base un balance cerrado a 31 de diciembre de 2014.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión, conforme al artículo 43.1 de la Ley 3/2009 en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio.

Los socios, titulares de derechos especiales distintos de las participaciones y representantes de los trabajadores, en su caso, tienen derecho a examinar en el domicilio social los documentos a que se refiere el artículo 39 de la Ley 3/2009.

En Sevilla, 17 de julio de 2015.- Don Juan Manuel Pitel González y don José Antonio Viana Ramírez, Administradores Solidarios de "Construcciones V. del Valle, Sociedad Limitada".

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