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Documento BORME-C-2015-8473

VANDOR, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
VANAMARTI, SOCIEDAD LIMITADA
VANELIMAR, SOCIEDAD LIMITADA
TALLERS POSIMECH, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 146, páginas 10045 a 10045 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-8473

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 37/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), por remisión del artículo 73, se hace público que el día 31 de Julio de 2015, la Junta General, Extraordinaria y Universal de Accionistas de la sociedad Vandor, Sociedad Anónima, ha aprobado por unanimidad la escisión total de la sociedad mediante la división en tres partes de su patrimonio, cada una de las cuales se transmitirá en bloque por sucesión universal a tres nuevas entidades mercantiles que se constituyen simultáneamente al efecto denominadas "Vanamarti, Sociedad Limitada", "Vanelimar, Sociedad Limitada" y " Tallers Posimech Sociedad Limitada", y todo ello según consta en el Proyecto de Escisión total suscrito en fecha 16 de Junio de 2015 y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona en fecha 28 de Julio de 2015.

Las participaciones sociales de cada una de las sociedades beneficiarias se atribuirán íntegramente a cada uno de los dos socios preexistentes de la sociedad escindida, conforme a lo previsto en el artículo 76 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME").

Dado que la forma jurídica de las sociedades beneficiarias de la escisión es la de sociedad de responsabilidad limitada y se trata de una escisión por constitución de nuevas sociedades, y las participaciones sociales de cada una de las nuevas sociedades se atribuyen a los socios de la sociedad que se escinde proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de ésta, el presente proceso de escisión total se efectúa al amparo de lo previsto en el artículo 78 bis de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") por lo que no resultan precisos el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión total, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión total, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión total, conforme a lo establecido en los artículos 43, 44 y 73 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME").

Barberà del Valles, 31 de julio de 2015.- Doña Elisabet Martí Mercadé y don Alex Martí Mercadé Administradores Solidarios de Vandor, Sociedad Anónima.

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