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Documento BORME-C-2015-8461

MAPFRE MULTICENTRO DEL AUTOMÓVIL, S.A.U.
(ENTIDAD ABSORBENTE)
MULTISERVICAR, S.A.U.
MAPFRE GESTIÓN DE FLOTAS, S.A.U.
(ENTIDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 146, páginas 10033 a 10033 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-8461

TEXTO

FUSIÓN POR ABSORCIÓN

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el Accionista Único de MAPFRE MULTICENTRO DEL AUTOMOVIL, S.A.U., de MULTISERVICAR, S.A.U. y de MAPFRE GESTIÓN DE FLOTAS, S.A.U., ejerciendo las competencias de sus respectivas Juntas Generales, aprobó con fecha 30 de junio de 2015 la fusión de todas las sociedades mediante la absorción de MULTISERVICAR, S.A.U. y MAPFRE GESTIÓN DE FLOTAS, S.A.U. por MAPFRE MULTICENTRO, S.A.U., lo que dará lugar, una vez concluido el proceso de fusión, a la extinción de las sociedades absorbidas y a la transmisión en bloque de la totalidad de sus patrimonios sociales a favor de la sociedad absorberte, que adquirirá por sucesión a título universal la totalidad de derechos y obligaciones que componen el patrimonio de aquéllas. En dichas Juntas se han aprobado como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2014. Todo ello en los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión aprobado en las citadas Juntas Generales y suscrito por los Administradores de todas las sociedades intervinientes en la fusión el día 29 de junio de 2015.

La fusión acordada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en los artículos 42 y 49.1 por remisión del artículo 52.1 de la LME, al haberse adoptado los acuerdos de fusión por decisión del Accionista Único de todas las sociedades y al tratarse de una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, y el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 29 de julio de 2015.- El Administrador Solidario Mapfre Multicentro del Automóvil, S.A.U., de Multiservicar, S.A.U., y de Mapfre Gestión de Flotas, S.A.U.

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