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Documento BORME-C-2015-8417

VILARET 2002, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
PROMOCIONES Y GESTIÓN INMOBILIARIA
JVV 2015, S.L.,
GESTIÓN DE INVERSIONES FINANCIERAS
JVV 2015, S.L.
SERVICIOS INTEGRALES EN RECURSOS HUMANOS JVV 2015, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 145, páginas 9982 a 9982 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-8417

TEXTO

Anuncio de escisión total.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME"), aplicable por remisión del artículo 73 de la LME, se hace público que la Junta General de Accionistas de Vilaret 2002, S.A. (Sociedad Escindida), y las Juntas Generales de Socios de Promociones y Gestión Inmobiliaria JVV 2015, S.L., Gestión de Inversiones Financieras JVV 2015, S.L. y Servicios Integrales en Recursos Humanos JVV 2015, S.L. (Sociedades Beneficiarias) han acordado en fecha 21 de julio de 2015, la escisión total de la Sociedad Escindida con división de todo su patrimonio en tres partes, cada una de las cuales se traspasará en bloque a favor de Promociones y Gestión Inmobiliaria JVV 2015, S.L., Gestión de Inversiones Financieras JVV 2015, S.L. y Servicios Integrales en Recursos Humanos JVV 2015, S.L. (Sociedades Beneficiarias), por lo que se producirá la extinción sin liquidación de la Sociedad Escindida y la transmisión de todo su patrimonio en bloque a las Sociedades Beneficiarias, quienes adquirirán por sucesión, a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las mencionadas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión total adoptados, así como los balances de escisión, dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las sociedades intervinientes en la escisión total. Del mismo modo se reconoce el derecho de los acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales, de oponerse a la escisión total en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de escisión total.

Madrid, 22 de julio de 2015.- Don Víctor Vergés Pujol en su calidad de Administrador Solidario de la Sociedad Escindida y de cada una de las Sociedades Beneficiarias.

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