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Documento BORME-C-2015-8351

EMBUTIDOS VALLINA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 145, páginas 9910 a 9911 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2015-8351

TEXTO

Se convoca a los señores accionistas a la Junta General Extraordinaria que se celebrará en el domicilio social de la entidad, sito en la calle Galiana, 50, 1.°, de Avilés, Asturias, en primera convocatoria el día 4 de septiembre de 2015, a las 10:00 horas, y en segunda convocatoria, el día 5 de septiembre de 2015, en el mismo lugar y hora, con el fin de que los señores accionistas puedan deliberar y resolver sobre el punto del siguiente

Orden del día

Primero.- Nombramiento de nuevos Administradores.

Los accionistas que representen, al menos, el cinco por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria, incluyendo uno o más puntos en el orden del día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria. Derecho de información: De conformidad con el contenido del artículo 197 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital los accionistas podrán: l. Hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la junta, los accionistas podrán solicitar de los administradores las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, o formular por escrito las preguntas que consideren pertinentes. Los administradores estarán obligados a facilitar la información por escrito hasta el día de la celebración de la junta general. 2. Durante la celebración de la junta general, los accionistas de la sociedad podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Si el derecho del accionista no se pudiera satisfacer en ese momento, los administradores estarán obligados a facilitar la información solicitada por escrito, dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la junta. 3. Los administradores estarán obligados a proporcionar la información solicitada al amparo de los dos apartados anteriores, salvo que esa información sea innecesaria para la tutela de los derechos del socio, o existan razones objetivas para considerar que podría utilizarse para fines extrasociales o su publicidad perjudique a la sociedad o a las sociedades vinculadas. 4. La información solicitada no podrá denegarse cuando la solicitud esté apoyada por accionistas que representen, al menos, el veinticinco por ciento del capital social. Los estatutos podrán fijar un porcentaje menor, siempre que sea superior al cinco por ciento del capital social. 5. La vulneración del derecho de información previsto en el apartado 2 solo facultará al accionista para exigir el cumplimiento de la obligación de información y los daños y perjuicios que se le hayan podido causar, pero no será causa de impugnación de la junta general. 6. En el supuesto de utilización abusiva o perjudicial de la información solicitada, el socio será responsable de los daños y perjuicios causados.

Avilés, 29 de julio de 2015.- El Secretario del Consejo de Administración, Rafael Vallina Busto.

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