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Documento BORME-C-2015-8320

CORPORACIÓN IBV, PARTICIPACIONES EMPRESARIALES, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CORPORACIÓN IBV, SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS, S.A.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 144, páginas 9877 a 9877 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-8320

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que los accionistas y el socio único, respectivamente, de las sociedades CORPORACIÓN IBV, PARTICIPACIONES EMPRESARIALES, S.A. y CORPORACIÓN IBV, SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS, S.A., Sociedad Unipersonal, acordaron por unanimidad, en idéntica fecha, 29 de junio de 2015, aprobar la fusión por absorción de la sociedad CORPORACIÓN IBV, SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS, S.A., Sociedad Unipersonal (como sociedad absorbida) por parte de CORPORACIÓN IBV, PARTICIPACIONES EMPRESARIALES, S.A. (como sociedad absorbente), por medio de la transmisión en bloque de todo el patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, previa disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y sin ampliación del capital social de la Sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital de la Sociedad absorbida.

Todo lo anterior conforme al Proyecto común de Fusión de las sociedades CORPORACIÓN IBV, SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS, S.A., Sociedad Unipersonal y CORPORACIÓN IBV, PARTICIPACIONES EMPRESARIALES, S.A., de fecha 3 de junio de 2015, suscrito por la totalidad de los miembros de los órganos de administración de las sociedades participantes en la operación de fusión, y los Balances de Fusión de dichas sociedades, cerrados ambos a 31 de diciembre de 2014, debidamente auditados y aprobados por las Juntas Generales de las respectivas sociedades.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, el derecho de los accionistas, socios y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los Balances de Fusión, todo lo cual se encuentra a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una de las sociedades que se fusionan, teniendo los accionistas, socios y acreedores igualmente el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito del texto íntegro de los mismos.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, los acreedores de las dos sociedades participantes en las operaciones de fusión podrán oponerse a los acuerdos de fusión adoptados por dichas sociedades, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

Bilbao, 29 de junio de 2015.- Íñigo Elorriaga Fernández de Arroyabe, en su condición de Secretario no Consejero de Corporación IBV, Servicios Y Tecnologías, S.A., Sociedad Unipersonal, y Francisco Esteve Romero y Asís Canales Abaitua, en su condición de Administradores Mancomunados de la sociedad Corporación IBV, Participaciones Empresariales, S.A.

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