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Documento BORME-C-2015-8302

DUNA BEACH, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 143, páginas 9849 a 9850 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2015-8302

TEXTO

ANUNCIO DE REDUCCION DE CAPITAL Y POSTERIOR AMPLIACION DE CAPITAL

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 319 y 334 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en la fecha de 23 de julio octubre de 2015, la Junta General Extraordinaria y Universal de Duna Beach, S.A., adoptó, por unanimidad, reducir el capital social en la cifra de doscientos Once mil trescientos ochenta y siete euros, con veintidós céntimos de euro (11.387,22 euros) por devolución de aportaciones a los accionistas y posterior ampliación de capital en un importe de dos mil setecientos ochenta y dos euros, con cincuenta y seis céntimos de euro (2.782,56 euros) y la consecuente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales.

La reducción se llevará a cabo mediante la reducción del valor nominal de todas y cada una de las ciento catorce (114) acciones nominativas, número 1 a 114, ambas inclusive, en que actualmente se divide el capital social. El valor nominal de las acciones, actualmente fijado unitariamente en seiscientos un euros con un céntimo de euro (601,01 euro) y conjuntamente en 68.515,14 euros quedará reducido a quinientos un euros con doce con veintiún céntimos de euro (501,1221 euros) cada acción y conjuntamente 57127,92 euros.

La ampliación de capital que se realizará en el mismo acto, se llevará a cabo mediante la elevación del valor nominal de todas y cada una de las ciento catorce (114) acciones nominativas, número 1 a 114, ambas inclusive, en que actualmente se divide el capital social. El valor nominal de las acciones, anteriormente reducido, quedará elevado a quinientos veintiséis euros con treinta y dos céntimos de euro (526,32 euros) cada acción y conjuntamente establecido en 60.000,48 euros.

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 318.2 de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 170.1 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace constar que la finalidad de la reducción de capital es la devolución de aportaciones a los socios de la sociedad. El pago de la cantidad objeto de reducción se realizará mediante adjudicación de bienes que forman parte del inmovilizado de la sociedad transferencia a las cuentas corrientes que designe cada accionista o bien cheque bancario, una vez transcurrido el plazo de oposición de los acreedores previsto en el artículo 336 de la Ley de sociedades de capital sin que ninguno de ellos se opusiese a este acuerdo o, teniéndose opuesto, una vez que se tengan satisfecho o garantizado sus créditos conforme a la ley aplicable. La cifra a abonar a cada accionista por la reducción de capital será de veintidós mil ciento sesenta y dos euros con cincuenta y cuatro con noventa y seis céntimos de euro por cada una de las 114 acciones y cada uno de los accionistas deberá abonar 25,20 euros por acción.

Como resultado de lo anterior, se acuerda también modificar el artículo 5.º de los Estatutos Sociales, cuya nueva redacción, una vez ejecutado este acuerdo de reducción de capital social y su posterior ampliación de capital será la siguiente:

"ARTÍCULO 5º.- El capital social es de sesenta mil euros con cuarenta y ocho céntimos de euro, representado por ciento catorce acciones nominativas de quinientos veintiséis euros con treinta y dos céntimos de euro cada una, numeradas correlativamente de 1 a la 114, ambas inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas".

Se faculta solidaria e indistintamente a todos los miembros del Consejo de Administración para publicar, de conformidad con lo previsto en los artículos 319 y 34 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, el acuerdo de reducción de capital y ampliación de Capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en un periódico de gran circulación en la provincia de Las Palmas en la que la sociedad tiene su domicilio.

Esto se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición en los términos previstos en los artículos 334 y 336 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

San Bartolomé de Tirajana, 24 de julio de 2015.- Don Emilio Martell Suárez, Presidente del Consejo de Administración.- Doña Carolina Martell Ortega, Consejera–Delegada.

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