Está Vd. en

Documento BORME-C-2015-8296

XOXOTE CARTERA 2005 SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 143, páginas 9842 a 9843 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2015-8296

TEXTO

En cumplimiento de los artículos 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, relación con el ejercicio del derecho de suscripción preferente por los accionistas de Xoxote Cartera 2005 SICAV, S.A. (en adelante la "Sociedad"), se comunica que la Junta General Ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2015, adoptó el acuerdo de aumentar el capital social en circulación con cargo a reservas voluntarias, en los términos y condiciones que se resumen a continuación:

A) La totalidad de los accionistas, presentes o representados, acuerdan entregar a los accionistas de la Sociedad acciones ordinarias, totalmente liberadas y libres de gastos, existentes en la autocartera, en la proporción de 1 (una) acción ordinaria de 10 euros de valor nominal cada una por cada 11 (once) acciones que posean, con cargo a reservas voluntarias y con la finalidad de aumentar el capital social en circulación al haber quedado éste por debajo del mínimo legal, establecido en 2.404.050,00 euros.

A tales efectos se hace constar:

a) Que al día 23 de junio de 2015 el capital social en circulación era de 2.211.430 euros, representado por 221.143 acciones de 10 euros de valor nominal cada una; que las acciones propias en cartera eran 4.890 acciones, y que el importe de las reservas de libre disposición a la fecha del último balance auditado (31 de diciembre de 2014) eran de 465.846,50 euros, por lo que, si no varía la cifra de acciones en circulación, y todos los accionistas de la sociedad fuesen propietarios de un número de acciones múltiplo de 11 en la fecha señalada en el apartado tercero, el número de acciones necesarias para el aumento de capital sería de 19.281, y el capital social en circulación sería de 2.404.240 euros.

b) El Balance que servirá de base a la operación será el correspondiente al 31 de diciembre de 2014, debidamente verificado por el Auditor de Cuentas de la Sociedad, sometido a aprobación en esta misma Junta.

c) Las acciones se entregarán a los accionistas de Xoxote Cartera 2005 SICAV, S.A. totalmente liberadas y libres de gastos en la proporción de UNA acción ordinaria de 10 euros de valor nominal cada una por cada ONCE acciones de las que sean propietarios al término del día 1 de octubre de 2015, y tendrán los mismos derechos políticos y económicos que las actualmente en circulación.

d) Las acciones que posean los accionistas en exceso de un múltiplo de ONCE no darán derecho a la entrega de acciones, ni de ninguna retribución o derecho. Por ello, el presente acuerdo se comunicará a las entidades depositarias de las acciones de la sociedad para su difusión a sus depositantes con antelación suficiente a la fecha fijada en el apartado 3º, con la finalidad de que éstos puedan, si lo desean, ajustar a múltiplos de ONCE el número de acciones de su propiedad, adquiriendo o vendiendo en el Mercado el número de acciones necesario a tal efecto, evitando fracciones sobrantes, o adoptar las decisiones que estimen más convenientes a sus intereses.

e) Las acciones que se pongan en circulación de conformidad con el presente acuerdo podrán ser negociadas en el MAB en la misma forma que las acciones en circulación en esta fecha.

B) La totalidad de los accionistas, presentes o representados, acuerdan delegar en el Consejo de Administración la facultad de fijar las condiciones del presente acuerdo en todo lo no previsto en el mismo y, en particular:

a) Señalar la fecha en que el presente acuerdo deba llevarse a efecto, dentro del plazo de un año, a contar desde su adopción, en el supuesto de que el período de entrega gratuita de acciones no pudiere tener lugar según lo acordado por la Junta.

b) Fijar el número exacto de las acciones que se pondrán en circulación y el importe de las reservas de libre disposición utilizado a tal efecto.

c) Realizar ante cualesquiera entidades y organismos, en especial ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Mercado Alternativo Bursátil e Iberclear, todos los trámites y actuaciones que sean necesarios o convenientes para la ejecución de los acuerdos adoptados.

d) Delegar en la sociedad gestora, Invercaixa Gestión SGIIC, SAU las facultades necesarias para la realización de los trámites, gestiones y actuaciones a que se refiere el apartado c) anterior y cuantas otras sean necesarias para la plena eficacia y cumplimiento del presente acuerdo, que no estén reservadas a los órganos sociales de Xoxote Cartera 2005 SICAV, S.A.

Madrid, 23 de julio de 2015.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid