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Documento BORME-C-2015-7773

FERROVIAL AGROMÁN, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BURETY, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 9242 a 9242 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-7773

TEXTO

Anuncio de fusión

Con fecha 6 de julio de 2015, y con arreglo a lo establecido en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de FERROVIAL AGROMÁN, S.A. (la "Sociedad Absorbente") y la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de BURETY, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida" y, conjuntamente con la Sociedad Absorbente, las "Sociedades Intervinientes"), con la asistencia de todos sus accionistas o, en el caso de la Sociedad Absorbida, su socio único, aprobaron: (i) el proyecto común de fusión, redactado y suscrito por los órganos de administración de las Sociedades Intervinientes el 15 de junio de 2015 (el "Proyecto de Fusión"); (ii) sus respectivos balances de fusión, y (iii) la operación de fusión en si misma por virtud de la cual la Sociedad Absorbente absorberá a la Sociedad Absorbida, de suerte que esta última se extinguirá, vía disolución sin liquidación, y transmitirá en bloque todo su patrimonio a favor de la Sociedad Absorbente, la cual adquirirá, por sucesión universal, todos sus derechos y obligaciones (la "Fusión").

Se hace constar que los acreedores y los accionistas/socios de las Sociedades Intervinientes tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de aprobación de la Fusión y de los correspondientes balances de fusión en el domicilio social de las Sociedades Intervinientes, el cual se encuentra ubicado en Madrid, calle Ribera del Loira, 42, en el caso de la Sociedad Absorbente, y en Madrid, calle Príncipe de Vergara, 135, en el caso de la Sociedad Absorbida.

Según lo previsto en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de la última publicación de este anuncio, podrán oponerse a la Fusión los acreedores de las Sociedades Intervinientes cuyo crédito hubiera nacido antes de dicha fecha y no estuviese vencido en ese momento, hasta que se les garanticen tales créditos. No gozarán de ese derecho los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados.

En Madrid, 7 de julio de 2015.- El Secretario del Consejo de Administración de Ferrovial Agromán, S.A. y los Administradores Mancomunados de Burety, S.L.U.

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