Está Vd. en

Documento BORME-C-2015-5540

FAGOR EDERLAN, S. COOP.
(COOPERATIVA ABSORBENTE)
VICTORIO LUZURIAGA-USURBIL, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 96, páginas 6654 a 6654 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-5540

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 79.6 de la Ley 4/1993, de 24 de junio, de Cooperativas de Euskadi (en adelante, la "LCE") así como en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que con fecha 9 de mayo del 2015 la Asamblea General Ordinaria de Fagor Ederlan, S.Coop. y el accionista único de Victorio Luzuriaga - Usurbil, S.A.U., han aprobado, con las mayorías legal y estatutariamente exigidas, la fusión de ambas entidades mediante la absorción de Victorio Luzuriaga - Usurbil, S.A.U. por Fagor Arrasate, S.Coop., con aprobación de los balances de fusión cerrados el día 31 de diciembre de 2014, verificados por los auditores de cuentas de las citadas entidades, y ajustándose al Proyecto de Fusión depositado en el Registro de Cooperativas de Euskadi el día 23 de abril del 2015 y en el Registro Mercantil de Gipuzkoa con fecha 8 de abril del 2015, con disolución sin liquidación de Victorio Luzuriaga - Usurbil, S.A.U. y traspaso en bloque, a título universal, de todo su patrimonio a Fagor Ederlan, S.Coop.

De conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la LCE, se hace constar el derecho de separarse de la cooperativa que asiste a todos los socios de la cooperativa participante en la fusión que hayan votado en contra de la misma, o los que, no habiendo asistido a la Asamblea, expresen su disconformidad mediante escrito dirigido a los administradores en el plazo de cuarenta días desde el último anuncio del acuerdo de fusión.

Se hace constar, igualmente, el derecho de oposición que les corresponde a los acreedores de las entidades participantes en la fusión y que se ejercitará, en su caso, con arreglo a lo previsto en el artículo 81 de la LCE así como en el artículo 44 de la LME, respectivamente, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

Asimismo, conforme al artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del citado balance de fusión.

Eskoriatza (Gipuzkoa), 9 de mayo de 2015.- El Presidente del Consejo Rector de Fagor Ederlan, S.Coop. y el Presidente del Consejo de Administración de Victorio Luzuriaga - Usurbil, S.A.U.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid