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Documento BORME-C-2015-4160

SABA APARCAMIENTOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 90, páginas 5076 a 5081 (6 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2015-4160

TEXTO

Convocatoria Junta General Ordinaria de Accionistas. El Administrador Único ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará en Barcelona, Avda. Parc Logístic, 22-26, el próximo día 15 de junio de 2015, a las 11:00 horas, en primera y única convocatoria bajo el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales individuales y consolidadas, y sus respectivos informes de gestión, correspondientes al ejercicio 2014, de la propuesta de aplicación del resultado, así como de la gestión del Órgano de Administración.

Segundo.- Nombramiento de auditor de cuentas de la sociedad y de su grupo consolidado para los ejercicios 2015, 2016 y 2017.

Tercero.- Examen y aprobación, en su caso, del Proyecto común de fusión por absorción de Saba Inmobiliaria de Aparcamientos, S.L. Unipersonal y Saba Park 2, S.L., Unipersonal (Sociedades absorbidas) por Saba Aparcamientos, S.A. (Sociedad absorbente). Aprobación, como balance de fusión, de los balances cerrados a 31 de diciembre de 2014 y aprobación de la fusión por absorción de Saba Inmobiliaria de Aparcamientos, S.L. Unipersonal y Saba Park 2, S.L. Unipersonal (Sociedades absorbidas) por Saba Aparcamientos, S.A. (Sociedad absorbente), mediante la absorción de las dos primeras por Saba Aparcamientos, S.A., con extinción sin liquidación de aquéllas y traspaso en bloque de sus respectivos patrimonios a título universal a la sociedad absorbente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el Proyecto común de fusión.

Cuarto.- Examen y aprobación, en su caso, del Proyecto común de fusión por absorción de Saba Aparcamientos de Levante, S.L. Unipersonal (Sociedad absorbida) por Saba Aparcamientos, S.A. (Sociedad absorbente). Aprobación, como balance de fusión, de los balances cerrados a 31 de diciembre de 2014 y aprobación de la fusión por absorción de Saba Aparcamientos de Levante, S.L. Unipersonal (Sociedad absorbida) por Saba Aparcamientos, S.A. (Sociedad absorbente), mediante la absorción de la primera por Saba Aparcamientos, S.A., con extinción sin liquidación de aquélla y traspaso en bloque de su patrimonio a título universal a la sociedad absorbente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el Proyecto común de fusión.

Quinto.- Delegar en el Órgano de Administración la facultad de acordar en una o varias veces el aumento del capital social hasta el 50% del mismo y por un plazo máximo que no podrá exceder de la fecha de celebración de la Junta General Ordinaria a celebrar en el año 2016.

Sexto.- Delegación de facultades para la formalización, inscripción y ejecución de los acuerdos que se adopten por la Junta General.

Derecho de información De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley de Sociedades de Capital y demás normativa aplicable, se hace constar que a partir de la presente convocatoria cualquier accionista tiene derecho a examinar en el domicilio social de la compañía, y a obtener de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta relativos a las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Efectivo y Memoria), así como los informes de gestión y de auditoría, tanto de la Sociedad como de su Grupo Consolidado. Igualmente, se hace constar el derecho de los accionistas de solicitar del Órgano de Administración, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, o formular por escrito las preguntas que consideren, conforme a lo dispuesto en el artículo 197.1 de la Ley de Sociedades de Capital. Igualmente, en relación al punto quinto del orden del día de la Junta General, se hace constar el derecho de información que corresponde a todos los accionistas en aplicación de lo previsto en el artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital. Asimismo, y en relación con las fusiones que serán sometidas a la aprobación de la Junta General bajo los puntos tercero y cuarto del orden del día de la Junta General, se hace constar, en los términos previstos en el artículo 40.2 de la Ley de Modificaciones Estructurales, que a partir del día 13 de mayo de 2015 quedarán insertados en la página web de la Sociedad www.saba.es los documentos indicados en el artículo 39 de la Ley de Modificaciones Estructurales, que en su caso sean de aplicación, con posibilidad de descargarlos e imprimirlos, y también que permanecerán en esa misma página web durante el tiempo exigido por la ley. Asimismo, y también en aplicación de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hacen constar las menciones mínimas del Proyecto común de fusión por absorción de Saba Inmobiliaria de Aparcamientos, S.L. Unipersonal y Saba Park 2, S.L. Unipersonal (Sociedades absorbidas) por Saba Aparcamientos, S.A. (Sociedad absorbente): Sociedad absorbente: Saba Aparcamientos, S.A., de nacionalidad española, con domicilio social en Avenida Parc Logistic, 22-26, Barcelona, fue constituida, por tiempo indefinido, en virtud de escritura autorizada ante el Notario de Barcelona, don Federico Trias de Bes y Giro, el día 7 de diciembre de 1965, con el número 2.006 de su protocolo. La Sociedad Absorbente consta inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo 43.078, Folio 158, Hoja número B-6524, y está provista del Código de Identificación Fiscal número A-08.197.931. Sociedades Absorbidas: i) Saba Inmobiliaria de Aparcamientos, S.L.U., de nacionalidad española, con domicilio social en Avenida Parc Logistic, 22-26, fue constituida, por tiempo indefinido, en virtud de escritura autorizada ante el Notario de Barcelona, doña María Isabel Gabarró Miquel, el día 13 de diciembre de 2006, con el número 3.721 de su protocolo. Saba Inmobiliaria de Aparcamientos consta inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo 39.153, Folio 31, Hoja número B-339675, y está provista del Código de Identificación Fiscal número B-64.398.985. ii) Saba Park 2, S.L.U., de nacionalidad española, con domicilio social en Avenida Parc Logistic, 22-26, fue constituida, por tiempo indefinido, en virtud de escritura autorizada ante el Notario de Barcelona, doña María Isabel Gabarró Miquel, el día 18 de septiembre de 2013, con el número 2.322 de su protocolo. Saba Park 2 consta inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo 43.968, Folio 148, Hoja número B-443189, y está provista del Código de Identificación Fiscal número B-66.118.100. La Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de las Sociedades Absorbidas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la LME, estamos ante una operación de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas y, por ello, no se hace referencia en el presente Proyecto de Fusión a los siguientes extremos: (i) El tipo de canje de las participaciones sociales, la compensación complementaria en dinero que se hubiera previsto y, en su caso, el procedimiento de canje (art. 31.2º de la LME); (ii) La fecha a partir de la cual los titulares de las nuevas acciones tendrán derecho a participar en las ganancias sociales y cualesquiera peculiaridades relativas a este derecho (art. 31.6º de la LME); (iii) La información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de cada sociedad que se transmita a la sociedad resultante (art. 31.9º de la LME); y (iv) Las fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan utilizadas para establecer las condiciones en que se realiza la fusión (art. 31.10º de la LME). Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en los apartados 2º y 3º del artículo 49.1 de la LME, y teniendo en cuenta que no procede realizar ampliación de capital social en la Sociedad Absorbente, el presente Proyecto de Fusión no requiere de intervención de expertos independientes, así como tampoco son necesarios los informes de los administradores. A los efectos previstos en el artículo 36 de la LME, el balance que servirá de base a la operación de fusión será el último balance anual de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas, respectivamente, relativo al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2014. En ninguna de las sociedades intervinientes en la fusión existen aportaciones de industria ni prestaciones accesorias, por lo que no existen accionistas afectados ni procede el otorgamiento de compensación alguna en la Sociedad Absorbente. No existen titulares de derechos especiales ni tenedores de títulos distintos de los representativos de capital en ninguna de las sociedades intervinientes en la fusión, por lo que no procede el otorgamiento de ningún derecho u opción. No se otorgará ventaja ni privilegio alguno a los administradores de las sociedades que participan en la operación de fusión proyectada. En la medida en que estamos ante un supuesto de operación de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, y teniendo en cuenta que no procederá aumento de capital en la Sociedad Absorbente, la fusión no requiere de intervención alguna por parte de expertos independientes. La fecha a partir de la cual las operaciones de las Sociedades Absorbidas, que se disolverán y se extinguirán sin liquidación, habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad Absorbente es el 1 de enero de 2015. Como consecuencia de la operación de fusión, la Sociedad Absorbente no aprobará modificación estatutaria alguna. Se deja expresa constancia de que ninguna de las Sociedades Absorbidas tiene trabajadores. Asimismo, no está previsto que, con ocasión de la fusión, se produzca ningún cambio en la estructura del órgano de administración de la Sociedad Absorbente, ni en la política de responsabilidad social de la misma. A la presente operación de fusión se le aplicará y, en consecuencia no se renunciará, al régimen fiscal especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea, previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades a cuyos efectos se procederá a la comunicación al Ministerio de Economía y Hacienda que el tipo de operación realizada se corresponde con una fusión y que se opta por aplicar el citado régimen especial, una vez la escritura quede definitivamente inscrita en los correspondientes registros mercantiles. Asimismo, y también en aplicación de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hacen constar las menciones mínimas del Proyecto común de fusión por absorción de Saba Aparcamientos de Levante, S.L. Unipersonal (Sociedad absorbida) por Saba Aparcamientos, S.A. (Sociedad absorbente): Sociedad Absorbente Saba Aparcamientos, S.A., de nacionalidad española, con domicilio social en Avenida Parc Logistic, 22-26, Barcelona, fue constituida, por tiempo indefinido, en virtud de escritura autorizada ante el Notario de Barcelona, don Federico Trias de Bes y Giro, el día 7 de diciembre de 1965, con el número 2.006 de su protocolo. La Sociedad Absorbente consta inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo 43.078, Folio 158, Hoja número B-6524, y está provista del Código de Identificación Fiscal número A-08.197.931. Sociedad Absorbida Saba Aparcamientos de Levante, S.L.U., de nacionalidad española, con domicilio social en Avenida Parc Logistic, 22-26, fue constituida, por tiempo indefinido, en virtud de escritura autorizada ante el Notario de Barcelona, Dña. María Isabel Gabarró Miquel, el día 21 de febrero de 2006, con el número 499 de su protocolo. La Sociedad Absorbida consta inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo 42.387, Folio 5, Hoja número B-328323, y está provista del Código de Identificación Fiscal número B-64.133.499. La Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la LME, estamos ante una operación de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada y, por ello, no se hace referencia en el presente Proyecto de Fusión a los siguientes extremos: (i) El tipo de canje de las participaciones sociales, la compensación complementaria en dinero que se hubiera previsto y, en su caso, el procedimiento de canje (art. 31.2º de la LME); (ii) La fecha a partir de la cual los titulares de las nuevas acciones tendrán derecho a participar en las ganancias sociales y cualesquiera peculiaridades relativas a este derecho (art. 31.6º de la LME); (iii) La información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de cada sociedad que se transmita a la sociedad resultante (art. 31.9º de la LME); y (iv) Las fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan utilizadas para establecer las condiciones en que se realiza la fusión (art. 31.10º de la LME). Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en los apartados 2º y 3º del artículo 49.1 de la LME, y teniendo en cuenta que no procede realizar ampliación de capital social en la Sociedad Absorbente, el presente Proyecto de Fusión no requiere de intervención de expertos independientes, así como tampoco son necesarios los informes de los administradores. A los efectos previstos en el artículo 36 de la LME, el balance que servirá de base a la operación de fusión será el último balance anual de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, respectivamente, relativo al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2014. En ninguna de las sociedades intervinientes en la fusión existen aportaciones de industria ni prestaciones accesorias, por lo que no existen accionistas afectados ni procede el otorgamiento de compensación alguna en la Sociedad Absorbente. No existen titulares de derechos especiales ni tenedores de títulos distintos de los representativos de capital en ninguna de las sociedades intervinientes en la fusión, por lo que no procede el otorgamiento de ningún derecho u opción. No se otorgará ventaja ni privilegio alguno a los administradores de las sociedades que participan en la operación de fusión proyectada. En la medida en que estamos ante un supuesto de operación de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, y teniendo en cuenta que no procederá aumento de capital en la Sociedad Absorbente, la fusión no requiere de intervención alguna por parte de expertos independientes. La fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad Absorbida, que se disolverá y se extinguirá sin liquidación, habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad Absorbente es el 1 de enero de 2015. Como consecuencia de la operación de fusión, la Sociedad Absorbente no aprobará modificación estatutaria alguna. Se deja expresa constancia de que la Sociedad Absorbida no tiene trabajadores. Asimismo, no está previsto que, con ocasión de la fusión, se produzca ningún cambio en la estructura del órgano de administración de la Sociedad Absorbente, ni en la política de responsabilidad social de la misma. A la presente operación de fusión se le aplicará y, en consecuencia no se renunciará, al régimen fiscal especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea, previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades a cuyos efectos se procederá a la comunicación al Ministerio de Economía y Hacienda que el tipo de operación realizada se corresponde con una fusión y que se opta por aplicar el citado régimen especial, una vez la escritura quede definitivamente inscrita en los correspondientes registros mercantiles. Derecho de asistencia y representación Podrán asistir a la Junta, con derecho de voz y voto, los accionistas titulares de un mínimo de 1.200 acciones de la Sociedad, representadas por anotaciones en cuenta, siempre que las tengan inscritas a su nombre en el correspondiente registro de anotaciones en cuenta con cinco (5) días de antelación a aquél en que deba celebrarse la Junta General de accionistas, y lo acrediten mediante la oportuna tarjeta de asistencia o resguardo o certificado expedido a su favor a estos efectos por la entidad correspondiente, o en cualquier otra forma permitida por la legislación vigente. Los accionistas poseedores de menos de 1.200 acciones podrán agruparse a efectos de asistir a la Junta General, nombrando a un representante y comunicándolo al Administrador Único. Los accionistas que no asistan a la Junta General podrán hacerse representar en la misma por medio de otra persona, cumpliendo los requisitos y formalidades exigidos por los Estatutos Sociales y por la Ley de Sociedades de Capital. Protección de datos personales De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos de carácter personal de los accionistas y, en su caso, de sus representantes, facilitados a la Sociedad por dichos accionistas, sus representantes o por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, serán incorporados en un fichero, responsabilidad de Saba Aparcamientos, S.A., con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente, remitir información solicitada, en su caso, por el accionista, así como, salvo que manifiesten lo contrario en el plazo de un mes desde la fecha de esta publicación, para remitirles información sobre las actividades, publicaciones, servicios o productos de la Sociedad. Asimismo, se informa a los accionistas de la posibilidad de ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante comunicación escrita dirigida a Saba Aparcamientos, S.A., Avenida Parc Logístic, 22-26, 08040 Barcelona (Ref. Responsable LOPD) o bien enviando un correo electrónico dirigido a la oficina del accionista a la dirección 'accionistas@saba.eu'. Intervención de Notario El Administrador Único ha acordado requerir la presencia de un Notario para que asista a la Junta y levante acta de la reunión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital.

Barcelona, 12 de mayo de 2015.- Don Josep Martínez Vila, persona física representante de Saba Infraestructuras, S.A., Administrador Único de Saba Aparcamientos, S.A.

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