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Documento BORME-C-2015-11433

KENDALL DEVELOPS, S.A

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 13398 a 13399 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2015-11433

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa que el día 23 de noviembre de 2012, la Junta General Extraordinaria de la Sociedad, celebrada en primera convocatoria, se adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Reducir el capital social en la cifra de un millón ochocientos sesenta y cuatro mil novecientos trece euros con ochenta céntimos de euro (1.864,913,80 euros ) mediante la devolución de valor de aportaciones hasta dejarlo fijado en la cifra de once millones ciento ochenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y dos euros con ochenta céntimos de euro (11.189.482,80 euros).

La presente reducción de capital se acuerda en los siguientes términos:

a) Se acuerda la devolución de un total de un millón ochocientos sesenta y cuatro mil novecientos trece euros con ochenta céntimos de euros (1.864.913,80 euros), suma total que habrá de devolverse a los socios, lo que significa la devolución de cinco céntimos de euro (0,05 €) por cada acción a los accionistas en función del número de acciones que titularicen.

b) Se acuerda por tanto la reducción mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones en la cifra de cinco céntimos de euro (0,05 €) por acción quedando, por tanto, fijado su valor nominal, tras la reducción, en la cuantía de 30 céntimos de euro, y, por tanto, quedando fijado el capital social de la sociedad, tras la reducción, en la cifra total de once millones ciento ochenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y dos euros con ochenta céntimos de euro (11.189.482,80 euros)

c) A los efectos de lo dispuesto en el artículo 318.2 de la Ley de Sociedades de Capital, la finalidad de la reducción es la devolución de una parte del valor de las aportaciones, en concreto, en la citada cuantía de cinco céntimos por acción.

d) El acuerdo de reducción de capital afectará a todas las acciones por igual.

e) El acuerdo de reducción del capital de las sociedades anónimas deberá ser publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en la página web de la sociedad.

f) Los accionistas tendrán derecho a exigir el pago a partir del plazo de cinco días contados desde el siguiente al de la fecha en que se adopte el acuerdo de reducción.

g) Modificación estatutaria. Con la aprobación del presente acuerdo, se acuerda la modificación de los Artículo 5.º y 6.º de los Estatutos Sociales, en el sentido de modificar la cifra de capital social, en cumplimiento del procedimiento establecido en la Ley de Sociedades de Capital, quedando fijado el nuevo valor nominal de cada acción en treinta céntimos de euro (0,30 €), y el capital social total en la cifra de once millones ciento ochenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y dos euros con ochenta céntimos de euro (11.189.482,80 euros), quedando el tenor literal de los referidos artículos en los siguientes términos:

Artículo 5.º.- Capital social.

El capital social es de once millones ciento ochenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y dos euros con ochenta céntimos de euro (11.189.482,80 euros). Está representado por treinta y siete millones doscientas noventa y ocho mil doscientas setenta y seis acciones (37.298.276 acciones) de treinta céntimos de euro (0,30 €) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 37.298.276, ambas inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas.

Artículo 6.º.- Acciones

El capital social está dividido en treinta y siete millones doscientas noventa y ocho mil doscientas setenta y seis acciones (37.298.276 acciones) de treinta céntimos de euro (0,30 €) de valor nominal cada una de ellas. Todas las acciones son ordinarias y pertenecientes a una misma clase y a una misma serie

Madrid, 24 de noviembre de 2015.- Secretario del Consejo de Administración.

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