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Documento BORME-C-2014-9517

UTI IBERIA, S.A.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 149, páginas 10922 a 10923 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2014-9517

TEXTO

Anuncio de reducción de capital.

A los efectos previstos en la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que el socio único de "UTI Iberia, S.A.U.", la sociedad, adoptó el día 30 de julio de 2014 la decisión de reducir capital a los efectos de compensar pérdidas y la consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales. Así, se acuerda la reducción de capital mediante la amortización de acciones propias y con la finalidad de amortizar pérdidas en los siguientes términos:

- Balance: A estos efectos se toma el balance correspondiente al ejercicio cerrado el día 31 de enero de 2014 que ha sido verificado por el auditor de cuentas nombrado por el socio único el día 4 de diciembre de 2013: Deloitte, S.L., NIF B79104469, con domicilio social en la Plaza Pablo Ruiz Picasso, sin número, de Madrid. Inscrita en el ROAC con el número S-0692 y en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 13.650, Libro 188, Hoja M-54.414. Este balance ha sido aprobado por el socio único el día 29 de julio de 2014.

- Cancelación de las cuentas de neto patrimonial. A fin de reestructurar y presentar adecuadamente el balance, se acuerda la re denominación de las cuentas de neto patrimonial con el detalle que a continuación se expone.

- Nueva cifra de capital: El capital quedará fijado en 1.984.012 Euros, dividido en 1.984.012 acciones de un Euro de valor nominal cada una de ellas. Estas son atribuidas al socio único identificado más arriba: UTI Netherlands Holdings BV, con NIF: N-0037239-A.

- Reserva legal: Se acuerda la dotación de una reserva con este carácter por importe de 396.803,20 euros, a fin de cumplir con lo dispuesto en el artículo 274 de la Ley de Sociedades de Capital.

- En cumplimiento de la Ley de Sociedades de Capital, de la de Modificaciones Estructurales y del Reglamento del Registro Mercantil, se manifiesta:

* Que el propósito de la reducción es el restablecimiento del reequilibrio patrimonial de la entidad por las pérdidas sufridas, teniendo carácter obligatorio por aplicación de la Ley de Sociedades de Capital.

* Que en la reducción se tiene en cuenta el artículo 328 de la misma norma a fin de dotar la reserva legal.

* Que el socio único consiente la amortización de acciones en los términos descritos a fin de cumplir lo preceptuado en el artículo 329 de la Ley de Sociedades de Capital y con la finalidad de simplificar la representación del capital social y, en general, del neto patrimonial.

* Que con el artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital no procede derecho de oposición de acreedores.

* Que no obstante lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 Ley de Sociedades de Capital, este acuerdo se publicará en el BORME y en la página web de la sociedad.

* Que el balance más arriba señalado y el informe de auditoría emitido acompañarán la escritura que se otorgue.

En consecuencia, el artículo 5 de los Estatutos Sociales tendrá en lo sucesivo la siguiente redacción: "Artículo 5: Capital Social. El capital social queda fijado en 1.984.012 euros, totalmente suscrito y desembolsado, y dividido en 1.984.012 acciones de 1 euro de valor nominal cada una y numeradas correlativamente del 1 al 1.984.012, ambos inclusive. Las acciones podrán estar representadas por títulos unitarios o múltiples, que contendrán como mínimo las menciones legalmente exigibles. La sociedad podrá emitir resguardos provisionales en las condiciones y con los requisitos previstos en la ley."

Madrid, 30 de julio de 2014.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administracion, Javier Sánchez-Moreno Gómez.

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