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Documento BORME-C-2014-9105

NEAR TECHNOLOGIES NORTE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NEAR TECHNOLOGIES SUR, S.L.U.
NEAR TECHNOLOGIES MADRID, S.L.U.
CENTER SERVICES CLOUD, S.L.U.
NUT COMUNICACIÓN DIGITAL, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 10443 a 10443 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-9105

TEXTO

Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de "Near Technologies Norte, S.L.U.", (NIF B-95548830), "Near Technologies Sur, S.L.U." (NIF B-91746784), "Near Technologies Madrid, S.L.U." (NIF B-85477792), "Center Services Cloud, S.L.U." (B- 91983114) y "Nut Comunicación Digital, S.L.U." (NIF B-95716106) con fecha 30 de junio de 2014 han aprobado por unanimidad la fusión por absorción de "Near Technologies Sur, S.L.U.", "Near Technologies Madrid, S.L.U.", "Center Services Cloud, S.L.U." y "Nut Comunicación Digital, S.L.U.", como sociedades absorbidas, por "Near Technologies Norte, S.L.U.", como sociedad absorbente, con extinción por disolución sin liquidación de "Near Technologies Sur, S.L.U.", "Near Technologies Madrid, S.L.U.", "Center Services Cloud, S.L.U." y "Nut Comunicación Digital, S.L.U." y transmisión en bloque de sus patrimonios a la sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas.

Dado que las Sociedades absorbente y absorbidas están íntegramente participadas, directa o indirectamente, por el mismo socio único (Global Near, S.L.), es de aplicación el artículo 49 de la Ley sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (por remisión del artículo 52), no procediendo relación de canje ni los informes de expertos independientes y del órgano de administración sobre el proyecto de fusión, ni aumento de capital. Asimismo, por haberse acordado la fusión conforme al artículo 42 de dicha Ley, no es precisa la publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley ni el informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión, respetándose, en su caso, los derechos de información expresamente recogidos en dicho artículo 42.

Se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en las Juntas Generales y el Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores (cuyo crédito haya nacido con anterioridad a la fecha de publicación del acuerdo de fusión) durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Bilbao, 1 de julio de 2014.- Juan Antonio Goñi Rodríguez, representante persona física del Administrador único (Global Near, S.L.) de la absorbente, Near Technologies Norte, S.L.U. y de las absorbidas Near Technologies Sur, S.L.U., Near Technologies Madrid S.L.U., y Nut Comunicación Digital, S.L.U. y Mikel Félix Barandiarán Landín, representante persona física del Administrador único (Global Near, S.L.) de la absorbida Center Services Cloud, S.L.U.

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