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Documento BORME-C-2014-8982

ARCUS AIR LOGISTIC IBÉRICA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ARCUS AIR LOGISTIC BELGIUM BVBA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 10309 a 10309 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-8982

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar que el socio único de la mercantil Arcus Air Logistic Ibérica, S.L.U., a su vez socio único de la sociedad Arcus Air Logistic Belgium BVBA, el día 30 de junio de 2014 acordó aprobar la fusión por absorción transfronteriza de la segunda por la primera, adquiriendo así Arcus Air Logistic Ibérica, S.L.U., por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio de Arcus Air Logistic Belgium BVBA, y todo ello en los términos del proyecto común de fusión transfronteriza depositado en el Registro Mercantil de Valencia en fecha 22 de abril de 2014 y publicado en el BORME el 9 de mayo de 2014, así como en el Tribunal de Gante (Rechtbank van Koophandel Te Gent) en fecha 19 de junio de 2014 y publicado en el "Belgisch Staatsblad" mantenido por el Servicio Público Federal de Justicia de Bélgica, en fecha 30 de junio de 2014.

Esta fusión transfronteriza asimilable a una absorción de sociedad íntegramente participada por tener ambas sociedades, absorbida y absorbente, el mismo socio único, está sometida al régimen legal especial previsto en los artículos 49 y ss. de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios, a los representantes de los trabajadores, y a los acreedores de todas las sociedades participantes en la fusión de obtener en el domicilio social, el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de la Sociedades, en el plazo de un mes, y todo ello en los términos de los artículos 43.1, 44, y 66 de la Ley.

Valencia, 7 de julio de 2014.- Los Administradores de las Sociedades fusionadas.

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