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Documento BORME-C-2014-8733

KAPLAN DE FEDERICO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 10040 a 10040 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2014-8733

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General de accionistas de la sociedad, en su reunión de fecha 25 de junio de 2014, acordó por unanimidad:

1.º) La amortización de las 1.773 acciones de la serie A que la sociedad tenía en autocartera desde el día 18 de febrero de 2009.

2.º) Reducir el capital social, mediante el procedimiento de amortización de acciones, en la cantidad de 53.982,30 euros (cincuenta y tres mil novecientos ochenta y dos euros, con treinta céntimos de euros), siendo la finalidad la devolución de aportaciones.

Como consecuencia de la amortización tanto de las acciones propias como de las acciones afectadas por la reducción de capital, el capital social de la entidad se reduce en sesenta y cuatro mil novecientos cuarenta y siete euros y veintisiete céntimos de euro (64.947,27 euros), quedándose fijado en la cifra de ciento diez mil doscientos veintiocho euros y noventa y siete céntimos de euros (110.228,97 euros).

Asimismo, se decide renumerar las acciones en que se divide el capital social para que la numeración de las acciones sea correlativa, de forma que estará integrado por 17.825 acciones de clase única, totalmente suscritas y desembolsadas y divididas en las siguientes series:

Serie A: 15.963 acciones nominativas, numeradas correlativamente del 1 al 15.963 ambos inclusive, con un valor nominal de 6,1844147 euros por acción.

Serie B: 1.862 acciones nominativas, numeradas correlativamente del 15.964 al 17.825, ambos inclusive y con un valor nominal de 6,18 euros por acción.

Reasignándose en este mismo acto las acciones a los accionistas en la misma proporción que su participación en el capital social y modificándose en los citados términos el artículo número 5 de los Estatutos sociales.

La reducción del capital para la devolución de aportaciones acordada deberá ejecutarse en el plazo máximo de 2 meses, a partir de la fecha de publicación del último de los anuncios de reducción de capital.

Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos previstos en los artículos 334, 336 y 337 de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 25 de junio de 2014.- El Administrador único, dom José Antonio De Federico García.

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