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Documento BORME-C-2014-7742

CERLEY ASESORES CONSULTORES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DOLTHINS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 110, páginas 8925 a 8925 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-7742

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LMESM), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades mencionadas en el título, celebradas el día 15 de mayo de 2014, acordaron por unanimidad la fusión por absorción de Dolthins, S.L., por parte de Cerley, Asesores Consultores, SLU mediante la disolución sin extinción de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente, con atribución de las participaciones sociales en que se amplía el capital de ésta a sus socios. Todo ello, en los términos del Proyecto de Fusión, suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes y de los balances de Cerley, Asesores Consultores, SLU, y Dolthins, S.L., a fecha 31 de marzo de 2014.

Según lo establecido en el artículo 42.1 de la LESM, en la redacción aprobada por el Real Decreto 9/2012, de 16 de marzo, el Proyecto de Fusión no ha sido publicado ni depositado, puesto que el Acuerdo de Fusión ha sido adoptado por todas las sociedades afectadas en Juntas Generales Extraordinarias y Universales, y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de las sociedades que han intervenido en la fusión a obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, documentación toda ella que se encuentra a su disposición en el domicilio social de las sociedades indicadas. Se hace constar igualmente que durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del anuncio de Fusión, los acreedores de las sociedades afectadas podrán oponerse a ella, en los términos previstos en el artículo 44 LMESM.

Madrid, 3 de junio de 2014.- Los Administradores Únicos de las sociedades intervinientes.

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