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Documento BORME-C-2014-7425

FRECARN, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
INMAR 2012, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 105, páginas 8579 a 8579 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-7425

TEXTO

Escisión parcial

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público, para general conocimiento, que las Juntas generales y extraordinarias de las sociedades Frecarn, S.L. y Inmar 2012, S.L. celebradas con carácter universal el día 15 de mayo de 2014, acordaron por unanimidad, la escisión parcial de Frecarn, S.L. que segregará de su patrimonio social la rama de actividad de "arrendamiento de bienes inmuebles" que constituye una unidad económica independiente, y la traspasará en bloque a la sociedad ya existente beneficiaria de la escisión Inmar 2012, S.L., que incorporará en bloque a título de sucesión universal todos los elementos integrantes del activo y pasivo de dicha rama de actividad, subrogándose Inmar 2012, S.L. en todos los derechos y obligaciones de la referida rama de actividad segregada de Frecarn, S.L. que no se extinguirá y continuará su actividad principal de elaboración de productos cárnicos.

La escisión se lleva a efecto de conformidad con lo previsto en el Artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, según el proyecto de escisión subscrito el 25 de marzo de 2014, y con los respectivos Balances cerrados a 31 de diciembre de 2013.

Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en la operación de escisión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Escisión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades a oponerse a la escisión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.

Maçanet de la Selva, 16 de mayo de 2014.- El Presidente del Consejo de Administración de Frecarn, S.L., don Albert Marimon Gelpí.

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