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Documento BORME-C-2014-551

FORHER CAPITAL SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 22, páginas 613 a 614 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-551

TEXTO

Anuncio de transformación en sociedad de responsabilidad limitada

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 23 de diciembre de 2013, la junta general de accionistas de Forher Capital Sicav, S.A. (la "Sociedad") ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:

I. La transformación de la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, aprobándose asimismo el correspondiente balance de transformación.

II. La aprobación de los nuevos estatutos sociales, que incluye, entre otras, las siguientes modificaciones:

a. El cambio de la denominación social, que pasa a ser la de "Forher Capital, S.L." (Artículo 1.º).

b. La sustitución del objeto social, que pasa a ser el siguiente (artículo 2.º):

"La Sociedad tiene como objeto social la realización, directa o indirectamente, de operaciones de adquisición y enajenación de valores mobiliarios, acciones y participaciones y otros activos financieros, excluidas en todo caso las actividades reservadas o propias de las instituciones de inversión colectiva y de las sociedades y agencias de valores.

En consecuencia, la actividad principal a desarrollar por la Sociedad se puede enclavar en el epígrafe 6420 ("Actividades de las sociedades holding") de la Clasificación Nacional Actividades Económicas ("CNAE").

Quedan excluidas del objeto social todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta Sociedad y, en particular, las actividades propias de las sociedades financieras y del mercado de valores.

Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de algunas actividades comprendidas en el objeto social algún título profesional, o autorización administrativa, o inscripción en registros públicos, dichas actividades se realizarán por medio de persona que ostente dicha titulación profesional y, en su caso, no podrán iniciarse antes de que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos."

c. El traslado del domicilio social a 46002-Valencia, Plaza del Ayuntamiento, nº 27, 5.ª planta (Artículo 4.º).

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 220 del Reglamento del Registro Mercantil, los artículos 14 y siguientes de la LME y los artículos 346 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, los socios que no hubieran votado a favor de la sustitución del objeto social o de la transformación de la Sociedad en sociedad de responsabilidad limitada podrán separarse de la Sociedad.

El derecho de oposición habrá de ejercitarse en el plazo de un mes de acuerdo con lo previsto en el artículo 348 de la Ley de Sociedades de Capital, 14 de la LME y demás legislación concordante.

Valencia, 28 de enero de 2014.- El Administrador Solidario de la Sociedad.

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