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Documento BORME-C-2014-13183

INTERCOPTERS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PILOTOS PROFESIONALES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 248, páginas 14998 a 14998 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-13183

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público lo siguiente:

1. La Junta General de Socios de la compañía mercantil Intercopters, S.L. (la "Sociedad absorbente") aprobó en la reunión celebrada el día 15 de diciembre de 2014, entre otros, el acuerdo de fusión entre la Sociedad absorbente y Pilotos Profesionales, S.L., Sociedad Unipersonal ("Sociedad absorbida"). Dado que la Sociedad absorbida es una Sociedad íntegramente participada por la Sociedad absorbente y que el acuerdo de fusión se adoptó por la Junta General de Socios de la Sociedad absorbente, el régimen aplicable a esta fusión es el previsto en el artículo 49 de la LME, no exigiéndose por tanto la aprobación de la fusión por el socio único de la Sociedad absorbida.

2. Como consecuencia de la fusión indicada, la Sociedad absorbente adquirirá por sucesión universal, el patrimonio de la Sociedad absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con traspaso a la Sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social, en los términos del propio acuerdo de fusión. La fecha en la que las operaciones de la Sociedad Absorbida habrán de considerarse realizadas a efectos contables por la Sociedad absorbente es la fecha de 1 de diciembre de 2014.

3. Se hace constar que los socios y los acreedores de las sociedades involucradas en la Fusión tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados así como los balances de fusión de las Sociedades intervinientes en la fusión.

4. Según lo dispuesto en el artículo 44 de la LME, los acreedores de las Sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos indicados en el citado artículo, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 16 de diciembre de 2014.- Doña Mercedes Vaamonde García, Consejera Delegada de la Sociedad Absorbente y Administradora Única de la Sociedad Absorbida.

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