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Documento BORME-C-2014-12385

JOSÉ RODRÍGUEZ E HIJOS, TRANSPORTES GENERALES,
SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOUND TRANSFER, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 14119 a 14119 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-12385

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que, en ejercicio de las competencias que le son propias, los socios de "Sound Transfer, S.L." y los socios de "José Rodríguez e Hijos, Transportes Generales, S.L.", reunidos en Junta general universal, celebradas el 17 de noviembre de 2014, en el domicilio social de cada una de las compañías, acordaron la fusión por absorción de la totalidad del patrimonio de la compañía "Sound Transfer, S.L.", a favor de "José Rodríguez e Hijos, Transportes Generales, S.L.".

Como consecuencia de la fusión por absorción la sociedad "José Rodríguez e Hijos, Transportes Generales, S.L." amplía el capital social en el importe de 93.545,55 euros, como resultado de la fusión, entregando al socio único de la compañía "Sound Transfer, S.L.", "Industrias Fiel, S.A." 148.485 participaciones sociales, según el tipo de canje de 95 participaciones nuevas por 1 participación antigua.

Además, existe una compensación a metálico de 390,75 euros a "Industrias Fiel, S.A.".

Se acogen al artículo 42 de la LME, no siendo preciso depositar previamente el proyecto de fusión, ni informe de los Administradores sobre el proyecto de escisión ni informe de expertos independientes ni balance de escisión.

La fecha a partir de la cual produce sus efectos la fusión es el 1 de octubre de 2014.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las compañías que son parte en la operación de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión. Asimismo, los acreedores de ambas compañías y cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de fusión, podrán oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la LME.

Algete, 25 de noviembre de 2014.- El Administrador único de la sociedad "José Rodríguez e Hijos, Transportes Generales, S.L.", que también lo es de la compañía "Sound Transfer, S.L.", don Luis Mariano Fiel San Esteban.

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