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Documento BORME-C-2014-12104

SES FINQUES D'ESPORLES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LA GRANJA DE ESPORLES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 13825 a 13825 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-12104

TEXTO

Anuncio de Fusión Impropia. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la mercantil SES FINQUES D'ESPORLES, S.L., celebrada el 4 de noviembre de 2014, acordó la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los Administradores de ambas compañías. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los Balances específicos cerrados a 31 de agosto de 2014 de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida, la mercantil LA GRANJA DE ESPORLES, S.L., está íntegramente participada por la sociedad absorbente, SES FINQUES D'ESPORLES, S.L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las participaciones ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente. La fusión impropia referida tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2014.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionarán por plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

La Sociedad Absorbente procederá a modificar los artículos 1 y 2 de sus Estatutos Sociales relativos a la denominación social y al objeto social ya que la Sociedad Absorbente adoptará la denominación social de la Sociedad Absorbida, y ampliará su objeto social con el de la absorbida.

Esporles, 11 de noviembre de 2014.- Consejo de Administración SES FINQUES D'ESPORLES, S.L.: Presidente y consejero delegado: Cristóbal Seguí Colom, Secretario: Carlos Seguí García de Oteyza, y vocal: José Luis Fernandez. Administradores solidarios de LA GRANJA DE ESPORLES, S.L.: Cristina Seguí García de Oteyza y Carlos Seguí García de Oteyza.

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