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Documento BORME-C-2014-11251

JOKERMATIC, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LERGUSA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 210, páginas 12884 a 12884 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-11251

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que el socio único de "JOKERMATIC, S.L.U." y de "LERGUSA, S.L.U.", en ejercicio de las competencias de la Junta General, en fecha 30 de julio de 2014 aprobó la fusión por absorción de "LERGUSA, S.L.U." (Sociedad absorbida) por parte de "JOKERMATIC, S.L.U." (sociedad absorbente), con la transmisión íntegra del patrimonio de la Sociedad absorbida a la Sociedad absorbente, que integrará, a título de sucesión universal, todos los elementos del activo y pasivo de la Sociedad absorbida, quedando ésta disuelta y extinguida sin liquidación, de acuerdo con el Proyecto Común de Fusión elaborado, suscrito por el órgano de administración de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Sevilla, todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 49 y 52 de la Ley 3/2009.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Sevilla, 23 de septiembre de 2014.- Francisco Javier Lergo Martín, Administrador único de Jokermatic, S.L.U. y Lergusa, S.L.U.

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