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Documento BORME-C-2014-11200

IBERCOM TELECOM, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TECNOLOGÍAS INTEGRALES DE TELECOMUNICACIONES, S.L.U.
XTRA TELECOM, S.L.U.
TELECHOICE ESPAÑA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 209, páginas 12832 a 12832 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-11200

TEXTO

A efectos de lo prevenido en el art. 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el 30 de octubre de 2014, el socio único de Ibercom Telecom, S.A.U. (Sociedad Absorbente), Tecnologías Integrales de Telecomunicaciones, S.L.U. (Sociedad Absorbida) y Xtra Telecom, S.L.U. (Sociedad Absorbida), esto es, Masmovil Ibercom, S.A., y el socio único de Telechoice España, S.L.U. (Sociedad Absorbida), esto es, Xtra Telecom, S.L.U., aprobaron en Junta Universal y por unanimidad, la fusión por absorción por Ibercom Telecom, S.A.U., de las sociedades Tecnologías Integrales de Telecomunicaciones, S.L.U., Xtra Telecom, S.L.U., y Telechoice España, S.L.U. Por tanto, la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas están íntegramente participadas de forma directa o indirecta por el mismo socio único, esto es, Masmovil Ibercom, S.A. La fusión se realiza mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de las Sociedades Absorbidas a favor de la Sociedad Absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de las mismas, en los términos y condiciones del Proyecto de Fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades fusionadas el 30 de septiembre de 2014.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 42 LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin depositar el Proyecto de Fusión en el Registro Mercantil de Madrid ni el de Barcelona, al haber sido acordada la fusión en Junta Universal y por unanimidad de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades Absorbente y de las Sociedades Absorbidas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de la fusión de las sociedades fusionadas, y a los acreedores el de oposición de conformidad con lo establecido en los arts. 43 y 44 LME.

Madrid, 30 de octubre de 2014.- El representante persona física del Administrador único de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas, Masmovil Ibercom, S.A., don Meinrad Spenger.

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