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Documento BORME-C-2014-10384

LOSAN HOTELES, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 185, páginas 11909 a 11909 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2014-10384

TEXTO

Reparto de prima de asunción

Se hace público que la Junta general ordinaria de la sociedad Losan Hoteles, S.L., con domicilio social en C/ Serrano 30, 2.ª planta, 28001 Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 13.780, folio 209, hoja M-225.064 y con NIF número B-82193673 (la Sociedad), en su reunión celebrada el día 25 de septiembre de 2014 previa convocatoria de conformidad con la Ley y los Estatutos sociales, aprobó por unanimidad de los socios presentes y representados en dicha Junta, titulares de participaciones representativas del 88,2363 % del capital social, una distribución extraordinaria de prima de asunción, mediante la entrega a los socios de la Sociedad, en proporción a su porcentaje de participación en el capital social de la misma, de 211.830 participaciones sociales, de 40,50 euros de valor nominal cada una, totalmente asumidas y desembolsadas, representativas del 10,7861% del capital social de Carey Value Added, S.L. (las "Participaciones Sociales").

El reparto por importe total de 5.554.931 euros, equivalente al valor de mercado de dichas Participaciones Sociales, se hará con cargo a la cuenta de prima de asunción que figuran en el balance de la Sociedad a 24 de septiembre de 2014.

Asimismo, en atención a lo dispuesto en el artículo 23 de los Estatutos sociales, la Junta general aprobó por unanimidad de los socios presentes y representados en dicha Junta, titulares de participaciones representativas del 88,2363% del capital social, (I) la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en un diario de gran circulación de Madrid y (II) que la ejecución de este acuerdo y, por tanto, la efectiva entrega de las Participaciones Sociales a los socios en la proporción indicada anteriormente, no tenga lugar hasta que hayan transcurrido 3 meses contados a partir de la fecha de publicación del último de los anuncios mencionados anteriormente. Durante dicho plazo los acreedores ordinarios de la Sociedad podrán oponerse a la ejecución de este acuerdo si sus créditos no son satisfechos o la Sociedad no presta garantía, según dispone el citado artículo 23 de los Estatutos sociales.

Madrid, 25 de septiembre de 2014.- D. Javier Arús Castillo, representante de Azora Altus, S.L., Administrador único de Losan Hoteles, S.L.

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