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Documento BORME-C-2013-9966

SAVIA CAPITAL CRECIMIENTO S.A. SCR EN RÉGIMEN SIMPLIFICADO
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SAVIA CAPITAL INNOVACIÓN S.A. SCR EN RÉGIMEN SIMPLIFICADO
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 11657 a 11657 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-9966

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de accionistas de las sociedades Savia Capital Crecimiento, S.A. SCR en régimen simplificado (sociedad absorbente) y Savia Capital Innovación, S.A. SCR en régimen simplificado (sociedad absorbida), con fecha 19 de junio de 2013, han acordado por unanimidad de todos sus socios, la fusión por absorción de Savia Capital Innovación, S.A. SCR en régimen simplificado (Sociedad absorbida), por Savia Capital Crecimiento, S.A. SCR en régimen simplificado (sociedad absorbente) así como los Balances de fusión de las dos sociedades que se fusionan, cerrados a 31 de diciembre de 2012, mediante la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que lo adquirirá por sucesión universal, todo ello, ajustándose estrictamente al proyecto común de fusión redactado y suscrito con fecha 29 de abril de 2013 por los Administradores de cada una de las dos sociedades que se fusionan.

Como consecuencia del proceso de fusión la sociedad absorbente modificará su denominación, adoptando la de Capital Innovación y Crecimiento, S.A. SCR.

Se hace constar, de conformidad con el artículo 43.1 de la LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los respectivos Balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Asimismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar que los acreedores y, cuando proceda, los socios de las sociedades que se fusionan, podrán ejercitar sus derechos en las condiciones establecidas en la norma de aplicación, siendo la dirección donde pueda obtenerse, sin gastos, información exhaustiva sobre esas condiciones de ejercicio de sus derechos la siguiente: (50006) Zaragoza, Paseo Sagasta, n.º 2, 4.º Derecha.

Zaragoza, 19 de junio de 2013.- Don Tomás Pelayo Muñoz, Secretario no consejero, respectivamente, de Savia Capital Crecimiento, S.A. SCR en régimen simplificado (sociedad absorbente), y de Savia Capital Innovación, S.A. SCR en régimen simplificado (sociedad absorbida).

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