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Documento BORME-C-2013-9702

GRANJA LOS ALECOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EXPLOTACIÓN AGROPECUARIA LA SARDA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 116, páginas 11370 a 11370 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-9702

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales de Socios de cada una de las sociedades "Granja los Alecos, S.L." domiciliada en Barasoain (Navarra), carretera Pamplona-Zaragoza, sin número, inscrita en el Registro Mercantil de Navarra, al tomo 176, folio 125, hoja NA-1.606, con C.I.F. B31/017015 y "Explotación Agropecuaria la Sarda, S.L." domiciliada en Sangüesa (Navarra), carretera de la Peña, Kilómetro 4, inscrita en el Registro Mercantil de Navarra, al tomo 358, folio 90, hoja NA-1.604, con C.I.F. B31/073190, en sus respectivas Juntas celebradas ambas con carácter Universal y Extraordinario, el día 30 de junio de 2012, acordaron por unanimidad, la fusión de las sociedades "Granja los Alecos, S.L." y "Explotación Agropecuaria la Sarda, S.L.", mediante la absorción por Granja los Alecos, S.L. de la totalidad del patrimonio de "Explotación Agropecuaria la Sarda, S.L.", sociedad absorbida.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 y 23 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, la fusión implica la extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque de la totalidad de su patrimonio social a la sociedad absorbente. Esta última adquirirá, por sucesión universal, la totalidad del patrimonio de la sociedad absorbida y aumentará su capital social en la cuantía que proceda conforme a la ecuación de canje descrita en el proyecto de fusión. Sirve como balance de fusión, el balance de cada una de las sociedades intervinientes, cerrados el día 31 de diciembre de 2011, y se fija como fecha de eficacia contable de la operación el 30 de junio de 2012, fecha en la que se adoptó el acuerdo de fusión. No se otorgan derechos en la absorbente a titulares de participaciones sociales o de derechos especiales distintos de las participaciones en la absorbida. No intervienen expertos independientes, conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de cada una de las sociedades intervinientes, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y a los acreedores de cada una de ellas de su derecho a oponerse a la fusión, en el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

En Barasoain, 4 de abril de 2013.- La Presidenta de los Consejos de Administración de Explotación Agropecuaria la Sarda, S.L. (sociedad absorbida) y de Granja los Alecos, S.L. (sociedad absorbente), doña María Jesús Manterola Martínez.

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