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Documento BORME-C-2013-9240

MAGTEL OPERACIONES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MAGTEL I+D+I, S.L.U.
MAGTEL AGUAS, S.L.U.
REMO ENERGÍA, S.L.U.
MAGTEL INGENIERÍA, S.L.U.
MAGTEL SISTEMAS, S.A.U.
MAGTEL INDUSTRIAL, S.L.U.
MAGTEL EXTREMADURA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 108, páginas 10837 a 10838 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-9240

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo, "LME") se hace público que Magtel Corporativo, Sociedad Limitada Unipersonal en su condición de socio único de (a) Magtel Operaciones, Sociedad Limitada Unipersonal; (b) Magtel Investigación Desarrollo e Innovación, Sociedad Limitada Unipersonal; (c) Magtel Aguas, Sociedad Limitada Unipersonal; (d) Remo Energía, Sociedad Limitada Unipersonal; (e) Magtel Ingeniería, Sociedad Limitada Unipersonal; (f) Magtel Sistemas, Sociedad Anónima Unipersonal; (g) Magtel Industrial, Sociedad Limitada Unipersonal; (h) Magtel Extremadura, Sociedad Limitada Unipersonal; decidió con fecha 23 de mayo de 2013 la fusión por absorción de Magtel Investigación Desarrollo e Innovación, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbida); Magtel Aguas, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbida); Remo Energía, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbida);Magtel Ingeniería, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbida); Magtel Sistemas, Sociedad Anónima Unipersonal (sociedad absorbida); Magtel Industrial, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbida); Magtel Extremadura, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbida) por parte de Magtel Operaciones, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbente), decidiéndose además la disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y el traspaso en bloque del patrimonio de cada una de ellas, respectivamente, a favor de Magtel Operaciones, Sociedad Limitada Unipersonal, como sucesora universal, quedando la sociedad absorbente subrogada en todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado, y la fusión se realiza conforme a lo previsto en el artículo 49 de la LME, por remisión del artículo 52 de la LME.

Los acuerdos de fusión se han adoptado en Junta Universal por unanimidad del socio en cada una de las sociedades participantes en la fusión, por consiguiente, y de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

En atención a lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 de la LME.

Córdoba, 27 de mayo de 2013.- Mario López Magdaleno, en representación de Victoria Patrimonial, Sociedad Limitada Unipersonal, Juan Luís López Magdaleno, en representación de Afrajuma, Sociedad Limitada Unipersonal, y Antonio Manuel López Magdaleno, en representación de Filius Gestiona, Sociedad Limitada Unipersonal Siendo Victoria Patrimonial, Sociedad Limitada Unipersonal y Filius Gestiona, Sociedad Limitada Unipersonal, Administradoras mancomunadas de: Magtel Operaciones, Sociedad Limitada Unipersonal, Magtel I+D+i, Sociedad Limitada Unipersonal, Magtel Aguas, Sociedad Limitada Unipersonal, Remo Energía, Sociedad Limitada Unipersonal, Magtel Ingeniería, Sociedad Limitada Unipersonal, Magtel Industrial, Sociedad Limitada Unipersonal, Magtel Extremadura, Sociedad Limitada Unipersonal; y Filius Gestiona, Sociedad Limitada Unipersonal y Afrajuma, Sociedad Limitada Unipersonal administradoras mancomunadas de Magtel Sistemas, Sociedad Anónima Unipersonal.

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