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Documento BORME-C-2013-8901

CONSTRUCCIONES GALLARDO MONTES,
SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
AGRÍCOLA GANADERA GALLARDO,
SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 103, páginas 10466 a 10467 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-8901

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43.1, 70 y 73.1 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que en la Junta General Universal de las sociedades "Construcciones Gallardo Montes, Sociedad Limitada Unipersonal" y "Agrícola Ganadera Gallardo, Sociedad Limitada Unipersonal", celebradas en sus respectivos domicilios sociales, el día 30 de abril de 2013, se ha adoptado por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la sociedad "Construcciones Gallardo Montes, Sociedad Limitada Unipersonal", mediante la transmisión y el traspaso en bloque por sucesión universal, de la rama de actividad agropecuaria de la sociedad, con los elementos materiales y técnicos necesarios para el desarrollo de la misma, que forma una unidad económica autónoma, a la sociedad ya existente denominada "Agrícola Ganadera Gallardo, Sociedad Limitada Unipersonal".

La Sociedad escindida, Construcciones Gallardo Montes, Sociedad Limitada Unipersonal, reducirá su capital en 1.202,12 euros (Mil doscientos dos euros, con doce céntimos), para dejarlo fijado en 4.808 euros (cuatro mil ochocientos ocho euros). La parte del valor patrimonial de la rama escindida de Construcciones Gallardo Montes, Sociedad Limitada Unipersonal, que excede del nominal del aumento de capital, por importe de 1.159.791,72 euros (Un millón ciento cincuenta y nueve mil setecientos noventa y un euros, con setenta y dos céntimos) se integrará contablemente en la "Reserva de Prima de Emisión" de la sociedad beneficiaria de la escisión, Agrícola Ganadera Gallardo, Sociedad Limitada Unipersonal.

La Sociedad beneficiaria, Agrícola Ganadera Gallardo, Sociedad Limitada Unipersonal, ampliará su capital social en la cuantía de 1.202,00 euros (Mil doscientos dos euros), acordándose para dicho aumento una prima de emisión de 1.159.791,72 euros (Un millón ciento cincuenta y nueve mil setecientos noventa y un euros, con setenta y dos céntimos). Dicho aumento se materializará mediante la creación de 1.202 nuevas participaciones sociales de 1 Euro de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 3.001 a la 4.202, ambas inclusive, que llevarán aparejada una prima de emisión de 964,884958402 Euros por cada nueva participación. Por lo que el capital social de esta sociedad quedará establecido en 4.202,00 euros (cuatro mil doscientos dos euros).

Asimismo, en virtud de la remisión que el artículo 73 ("Régimen legal de la escisión") de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles realiza a las normas establecidas para la fusión en la misma Ley, resulta aplicable a la escisión aprobada, el artículo 42 ("Acuerdo Unánime de Fusión") de la citada Ley, ya que, al tratarse de un acuerdo de escisión adoptado por el socio único, en ambas sociedades, no son aplicables las normas generales que sobre proyecto y balances se establecen en las secciones segunda y tercera del capítulo I del Título II de dicha Ley.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la operación a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial aprobado, así como el balance de escisión general.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la operación, de oponerse a la escisión parcial, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último acuerdo de escisión parcial, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

En Los Corrales (Sevilla), 30 de abril de 2013.- Miguel Gallardo Montes, Administrador Único de las sociedades "Construcciones Gallardo Montes, Sociedad Limitada Unipersonal", y "Agrícola Ganadera Gallardo, Sociedad Limitada Unipersonal".

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