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Documento BORME-C-2013-660

UNIÓN DE COMPRAS, S.A.
(UNICOM, S.A.)

Publicado en:
«BORME» núm. 24, páginas 742 a 745 (4 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2013-660

TEXTO

Por el Consejo de Administración de esta sociedad, se convoca a los señores accionistas a la Junta General Ordinaria de la sociedad que tendrá lugar en el Salón Condestable del Hotel Mayorazgo, sito en la calle Flor Baja, 3, de Madrid, a las 9:00 horas, del día 11 de marzo de 2013, en primera convocatoria o, en su caso, en el mismo lugar y hora el día siguiente 12 de marzo de 2013, en segunda convocatoria, con el fin de deliberar y decidir sobre el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria) y del Informe de Gestión correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre 2011.

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio cerrado a 31 de diciembre 2011, así como de la gestión del Consejo de Administración durante dicho ejercicio.

Tercero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria) y del Informe de Gestión correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre 2012.

Cuarto.- Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio cerrado a 31 de diciembre 2012, así como de la gestión del Consejo de Administración durante dicho ejercicio.

Quinto.- Fijación de la cuantía de las prestaciones accesorias de los títulos que estén obligados a ellas para los ejercicios 2012 y 2013.

Sexto.- Autorización para la adquisición de veinticinco (25) acciones de la sociedad, números 328 a 330 y 873 a 894, ambas inclusive, propiedad de don Antonio Pedrajas Morales.

Séptimo.- Aprobación y ratificación del cese de doña Rosario Elisa Pedrajas Olivares, como miembro del Consejo de Administración de la compañía, y aprobación y ratificación del nombramiento de nuevo Consejero.

Octavo.- Autorización para la transmisión de acciones de la sociedad: Autorización por parte de la sociedad a los socios de la misma para la transmisión de las acciones de UNICOM de las que son propietarios, a las sociedades de las que éstos (los socios autorizados) son socios mayoritarios, mercantiles a través de las cuales funcionan en el tráfico jurídico y comercial y con las que, previamente, se han suscrito con UNICOM, S.A. los respectivos contratos mercantiles de compra, intermediación de condiciones, y distribución de productos en general, del sector de alimentación, según se detalla a continuación:. 6.1.- Veintidós (22) acciones, números 21, 138, 175 a 194 , propiedad de Productos Cubero, C.B.,y tres (3) acciones, números 672 a 674, propiedad de don Carlos Cubero Cubero a la mercantil asociada comercialmente con UNICOM, S.A., Productos Cubero, S.L. 6.2.- Veinticinco (25) acciones, números 78 a 84, 148, 331 a 333 y 599 a 612, propiedad de don José Carlos Duro Jorge, a la mercantil asociada comercialmente con UNICOM, S.A., Disprex, S.L. 6.3.- Veinticinco (25) acciones, números 99 a 105, 149, 283 a 296 y 684 a 686, propiedad de don José Luís Ceballos Fernández, a la mercantil asociada comercialmente con UNICOM, S.A., Herceba, S.L. 6.4.- Quince (15) acciones, números 134, 945 a 958, propiedad de Don Jesús Sagasti Portillo, a la mercantil asociada comercialmente con UNICOM, S.A., Golosinas Sagasti, S.L. 6.5.- Veinticinco (25) acciones, números 687 a 689 y 757 a 778, propiedad de Don Mateo Muñoz Martínez, a la mercantil asociada comercialmente con UNICOM, S.A., Mateo Muñoz e Hijos, S.L.

Noveno.- Creación de una página web corporativa con la dirección de internet www.unicomsa.com a los efectos previstos en el artículo 11 bis del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Décimo.- Modificación del artículo 15 de los Estatutos, a los efectos de adaptarlo a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, y hacer menos gravosas y más ágiles las convocatorias para las Juntas de socios y demás actos sociales. El texto íntegro de la modificación que se propone es el siguiente: Artículo 15.- 1. La Junta general será convocada mediante anuncio publicado en la página web de la sociedad. 2. Entre la convocatoria y la fecha prevista para la celebración de la reunión deberá existir un plazo de, al menos, un mes. Queda a salvo lo establecido para el complemento de convocatoria. 3. Los accionistas que representen, al menos, el cinco por ciento del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de Junta general de accionistas incluyendo uno o más puntos en el orden del día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria. El complemento de la convocatoria deberá publicarse con quince días de antelación como mínimo a la fecha establecida para la reunión de la Junta. La falta de publicación del Complemento de la Convocatoria en el plazo legalmente fijado será causa de nulidad de la Junta. 4. Tendrán derecho de asistencia a la Junta general todos los socios. 5. Los Administradores deberán asistir a las Juntas generales. 6. A las Juntas generales podrán asistir los Directores, Gerentes, técnicos y demás personas que tengan interés en la buena marcha de los asuntos sociales, con voz pero sin voto. El presidente de la Junta general podrá autorizar la asistencia de cualquier otra persona que juzgue conveniente. La Junta, no obstante, podrá revocar dicha autorización. 7. Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta general por medio de otra persona, que será necesariamente socio, salvo que el representante sea el cónyuge o un ascendiente o descendiente del representado o cuando aquél ostente poder general conferido en documento público con facultades para administrar todo el patrimonio que el representado tuviere en territorio nacional. La representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para cada Junta. 8. El voto de las propuestas sobre puntos comprendidos en el orden del día de cualquier clase de Junta general podrá delegarse o ejercitarse por el accionista mediante correspondencia postal, electrónica o cualquier otro medio de comunicación a distancia, siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto que ejerce su derecho de voto. Los accionistas que emitan sus votos a distancia deberán ser tenidos en cuenta a efectos de constitución de la Junta como presentes.

Undécimo.- Modificación del artículo 14 de los Estatutos, a los efectos de adaptarlo a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. El texto íntegro de la modificación que se propone es el siguiente: Artículo 14.- 1. La Junta general de accionistas quedará válidamente constituida en primera convocatoria cuando los accionistas presentes o representados posean, al menos, el veinticinco por ciento del capital suscrito con derecho de voto. 2. En segunda convocatoria, será válida la constitución de la Junta cualquiera que sea el capital concurrente a la misma. 3. Para que la Junta general ordinaria o extraordinaria pueda acordar válidamente el aumento o la reducción del capital y cualquier otra modificación de los Estatutos sociales, la emisión de obligaciones, la supresión o la limitación del derecho de adquisición preferente de nuevas acciones, así como la transformación, la fusión, la escisión o la cesión global de activo y pasivo y el traslado de domicilio al extranjero, será necesaria, en primera convocatoria, la concurrencia de accionistas presentes o representados que posean, al menos, el cincuenta por ciento del capital suscrito con derecho de voto. En segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del veinticinco por ciento de dicho capital.

Duodécimo.- Aprobación del acta de la reunión.

Decimotercero.- Facultar al Presidente y/o al Secretario para elevar a públicos los Acuerdos.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 197 LSC se informa a los señores accionistas de que podrán solicitar de los Administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta. Asimismo, y según preceptúa el artículo 172 LSC, los accionistas que representen, al menos, el cinco por ciento del capital social, podrán solicitar que se publique un Complemento a la Convocatoria de la Junta general de accionistas incluyendo uno o más puntos en el orden del día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria. Según lo dispuesto en el artículo 287 LSC, se hace constar el derecho que corresponde a todos los socios de examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación propuesta y, del informe sobre la misma, así como pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos. En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 272 LSC a partir de la convocatoria de la Junta general, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como en su caso, el informe de gestión.

Madrid, 22 de enero de 2013.- El Secretario del Consejo de Administración, don Carlos Carballo Novoa.

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