En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley de 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios de la sociedad "Promociones e Inmuebles Hermanos Romanos, Sociedad Limitada" celebrada el día 15 de marzo de 2013 en su domicilio social, y con el carácter de Universal, acordó por unanimidad la Escisión Parcial sin extinción, mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte del patrimonio de la sociedad escindida y subsistente, que forman dos unidades económicas autónomas, traspasando en bloque lo segregado a la sociedad "Miguel Ángel Romanos Consejo, Sociedad Limitada", recibiendo los socios de la sociedad escindida un número de participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de la escisión proporcional a su respectiva participación en la sociedad que se escinde, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales mercantiles.
Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de la sociedad que participa en la escisión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión.
Se hace constar, asimismo, el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de la sociedad que se escinde en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Zaragoza, 15 de marzo de 2013.- El Administrador, don Miguel Ángel Romanos Consejo.
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