Está Vd. en

Documento BORME-C-2013-318

PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE TENERIFE, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOCIEDAD DE FOMENTO E INVERSIONES DE TENERIFE, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 12, páginas 366 a 366 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-318

TEXTO

Se hace público, en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), que las Juntas Generales extraordinarias y universales de accionistas de Parque Científico y Tecnológico de Tenerife, S.A. (sociedad absorbente), en adelante "PCCT", y Sociedad de Fomento e Inversiones de Tenerife, S.A. (sociedad absorbida), en adelante "SOFITESA", celebradas ambas el día 26 de diciembre de 2012, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por PCTT de SOFITESA conforme a los estrictos términos del Proyecto Común de Fusión y tras la emisión del preceptivo informe de expertos independientes, según lo dispuesto en el artículo 34 LME.

Como consecuencia de la fusión, se producirá la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la sociedad absorbente adquirirá por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquélla, mediante la transmisión en bloque de la totalidad del patrimonio social de la sociedad absorbida. Asimismo, el acuerdo de fusión supone la ampliación del capital social de la sociedad absorbente y la modificación de los estatutos sociales, todo ello en los términos previstos en el Proyecto Común de fusión.

De conformidad con el artículo 42 de LME, y dado que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por las Juntas Generales extraordinarias y universales de las sociedades intervinientes y por unanimidad de todos los accionistas con derecho de voto, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, ni emitir el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de dichos acreedores a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Santa Cruz de Tenerife, 27 de diciembre de 2012.- Carlos Alonso Rodríguez, Consejero Delegado de Sociedad de Fomento e Inversiones de Tenerife, S.A. y Vicepresidente del Consejo de Administración de Parque Científico y Tecnológico de Tenerife, S.A.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid