Por acuerdo adoptado en Junta General Extraordinaria de accionistas celebrada el día 25 de noviembre de 2013, la sociedad ha acordado reducir su capital social estatutario mínimo y máximo quedando ambos fijados en la cantidad de 2.400.000 euros y 24.000.000 de euros, respectivamente, estando el capital actual en circulación de la Sociedad dentro de dichos límites, como requiere el artículo 32 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Como consecuencia de lo anterior, se acuerda modificar el artículo 5º de los Estatutos Sociales quedando, en lo sucesivo, con la redacción literal siguiente:
"Artículo 5. Capital social.
1. El capital social inicial queda fijado en 2.400.000 euros, representado por 2.400.000 acciones nominativas, de 1 euro de nominal cada una, y está íntegramente suscrito y desembolsado.
2. El capital estatutario máximo se establece en 24.000.000 euros, representado por 24.000.000 acciones nominativas, de 1 euro de nominal cada una.
3. Dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicial establecidos, la Sociedad podrá aumentar o disminuir el capital correspondiente a las acciones en circulación mediante la venta o adquisición de las mismas, en los términos establecidos legalmente, sin necesidad de acuerdo de la Junta general.
Madrid, 26 de noviembre de 2013.- El Secretario del Consejo de Administración, Ramón Carballás Varela.
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