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Documento BORME-C-2013-13914

EXCLUSIVAS PODIUM, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COMERCIAL PODIUM, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 16087 a 16088 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-13914

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de "Exclusivas Podium, S.L.", celebrada el día 18 de noviembre de 2013, así como la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de "Comercial Podium, S.L.", celebrada el mismo día 18 de noviembre de 2013, han aprobado por unanimidad la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de "Comercial Podium, S.L. (Sociedad Absorbida)" por parte de "Exclusivas Podium, S.L. (Sociedad Absorbente)", con disolución sin liquidación de la primera y transmisión en bloque, a título universal, de su patrimonio social a favor de "Exclusivas Podium, S.L.", que quedará subrogada en todos los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto común de fusión redactado y suscrito por los Administradores de ambas sociedades, de fecha 4 de noviembre de 2013, sin necesidad de su depósito en el Registro Mercantil conforme autoriza el artículo 42 de la LME.

La fusión se realiza tomando como balances de fusión los de las sociedades participantes en la fusión cerrados a 31 de octubre de 2013, aprobados por las mencionadas Juntas Generales de Socios. Y la fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad Absorbida se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad Absorbente, es el 1 de enero de 2013.

Para determinar el tipo de canje de participaciones sociales de "Comercial Podium, S.L." se ha tomado el valor real de las participaciones sociales de las compañías "Exclusivas Podium", S.L. y "Comercial Podium, S.L." En consecuencia, por cada participación social de "Comercial Podium, S.L." sus socios recibirán 0,075255875 participaciones sociales de "Exclusivas Podium, S.L." No obstante, y con la finalidad de adjudicar a cada socio de "Comercial Podium, S.L." un número entero de participaciones de "Exclusivas Podium, S.L.", se ha ajustado el resultado de la aplicación de la ecuación de canje, estableciéndose una compensación complementaria en dinero por importe total de 721,24 euros, distribuido entre los socios de "Comercial Podium, S.L.", y exigiéndose un desembolso adicional en efectivo por importe de 180,31 euros por parte de cada uno de los socios de "Comercial Podium, S.L.", en los términos y condiciones que figuran en el Proyecto Común de Fusión.

El procedimiento de canje se realiza mediante la correspondiente ampliación de capital de "Exclusivas Podium, S.L.", en 9.616,19 euros, creándose 160 participaciones sociales, números 1.001 al 1.160, ambos inclusive, de 60,1012 euros de valor nominal cada una de ellas con una prima de emisión global de 727.653,41 euros, esto es, una prima de emisión por participación de 4.547,8338 euros.

Como consecuencia de lo anterior, se acuerda modificar el artículo 5.º de los Estatutos Sociales de "Exclusivas Podium, S.L." que, a partir de ahora, tendrá la siguiente redacción:

"Artículo 5: El capital social se fija en sesenta y nueve mil setecientos diecisiete euros con cuarenta céntimos de euro (69.717,40 euros), dividido en 1.160 participaciones sociales de 60,1012 euros de valor nominal cada una de ellas, acumulables e indivisibles, numeradas correlativamente del número 1 al 1.160, ambas inclusive, que no podrán incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones. El capital social se halla íntegramente suscrito y desembolsado."

En relación con todo lo anterior, se hace público el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de las sociedades referidas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de las personas a las que hace referencia la Ley de obtener la información del artículo 39 de la LME.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de las sociedades intervinientes en la fusión descrita, de oponerse a las mismas durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio, todo ello, en los términos del artículo 44 de la referida LME.

Barcelona, 18 de noviembre de 2013.- Don Agustín Sánchez Martínez, Secretario de los Consejos de Administración de "Exclusivas Podium, S.L. (Sociedad Absorbente)" y "Comercial Podium, S.L. (Sociedad Absorbida)".

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