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Documento BORME-C-2013-12817

PEDRO I, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 204, páginas 14847 a 14849 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2013-12817

TEXTO

Convocatoria de Junta General Extraordinaria. El Consejo de Administración de "Pedro I, S.A.", en su reunión del 15 de octubre de 2013, acordó, por unanimidad, convocar a los señores accionistas a la Junta General Extraordinaria, que se celebrará en el domicilio social, sito en la c/ Amaya, 12, 1.º dcha. de Pamplona, a las 19,00 horas, del día 10 de diciembre de 2013, en primera convocatoria, y en el mismo lugar y hora, en el caso de ser necesario, del día siguiente, en segunda convocatoria, con el fin de deliberar y resolver sobre los asuntos comprendidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Nombramiento, en su caso, de Auditor de Cuentas.

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de la fusión por absorción de "Navarra de Servicios Técnicos Inmobiliarios, S.L." por "Pedro I, S.A.", con arreglo al proyecto común de fusión depositado en el Registro Mercantil de Navarra y a lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles al ser la sociedad absorbente titular del 90% de las participaciones sociales de la sociedad absorbida y, en particular: a) Información sobre las modificaciones importantes del activo o del pasivo de las sociedades que participan en la fusión que, en su caso, hayan acaecido entre la fecha de redacción del proyecto de fusión y la celebración de la Junta General que ahora se convoca. b) Aprobación del proyecto común de fusión. c) Aprobación del balance de fusión. d) Aprobación de la fusión de conformidad con el proyecto común de fusión. e) En consecuencia, ampliación del capital de la sociedad absorbente "Pedro I, S.A." en 121.570,28 euros mediante la emisión a la par de 20.228 nuevas acciones de 6,01 € de valor nominal cada una a fin de ser canjeadas por las 9.100 participaciones sociales de diez euros de valor nominal cada una de la sociedad absorbida "Navarra de Servicios Técnicos Inmobiliarios, S.L.", que todavía no le pertenecen a la sociedad absorbente, con la correlativa modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales de "Pedro I, S.A.". f) Opción, en su caso, por el régimen especial de las fusiones, escisiones, aportación de activos y canjes de valores previsto en el Capítulo IX del Título X de la Ley Foral 24/1.996 del Impuesto sobre Sociedades. g) Delegación de facultades.

Tercero.- Distribución, en su caso, de un dividendo extraordinario.

Cuarto.- A partir de la presente convocatoria los accionistas, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las acciones así como los representantes de los trabajadores tienen el derecho a examinar en el domicilio social así como el de solicitar la entrega o el envío gratuito de toda la documentación a que se refiere el artículo 39 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles así como el informe justificativo, el texto íntegro de la modificación que se propone y el informe del experto independiente respecto de la ampliación de capital inherente a la fusión ex artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 3/2009 las menciones mínimas del proyecto de fusión legalmente exigidas son las siguientes: 1.1 .- Sociedad absorbente: "Pedro I, S.A.", domiciliada en Pamplona (Navarra), c/ Amaya 12, 1.º dcha., con C.I.F. A/31/098346, e inscrita en el Registro Mercantil de Navarra al tomo 445, folio 120, hoja NA-5.501. 1.2 .- Sociedad absorbida: "Navarra de Servicios Técnicos Inmobiliarios, S.L.", domiciliada, asimismo, en Pamplona (Navarra), C/ Amaya, 12, 1.º dcha., con C.I.F. B/31/808298, e inscrita igualmente en el Registro Mercantil de Navarra al tomo 1.029, folio 119, hoja NA-20.681. 2 .- Al ser ya propietaria la sociedad absorbente "Pedro I, S.A.", de 81.900 participaciones sociales de diez euros de valor nominal cada una, equivalentes al 90% del capital de la Sociedad absorbida "Navarra de Servicios Técnicos Inmobiliarios, S.L.", la fusión se materializará mediante el canje de las restantes 9.100 participaciones de "Navarra de Servicios Técnicos Inmobiliarios, S.L.", propiedad del socio minoritario de ésta última, por las 20.228 nuevas acciones de "Pedro I, S.A." ordinarias, nominativas, de 6,01 € de valor nominal cada una que se emitirán a la par en la correspondiente ampliación de capital de la Sociedad absorbente sin que se prevea ninguna compensación complementaria en dinero, con una ecuación de canje por tanto de 2,222857143 acciones de "Pedro I, S.A.", por cada participación de "Navarra de Servicios Técnicos Inmobiliarios, S.L.". 3 .- La fusión no va a tener ninguna incidencia sobre las aportaciones de industria o en las prestaciones accesorias en la sociedad absorbida por la sencilla razón de que no existen ni, por consiguiente, se va a otorgar ninguna compensación a los socios afectados en la sociedad absorbente. 4 .- De igual forma, en ninguna de las sociedades que participan en la fusión existen titulares con derechos especiales que hayan que tenerse en cuenta, ni existen títulos distintos de los representativos del capital. 5 .- No se van a ofrecer ningún tipo de ventajas especiales en la Sociedad absorbente ni a los expertos independientes, ni a ninguno de los administradores de las sociedades que intervienen en la fusión. Aunque no es necesario el informe de expertos independientes sobre el proyecto de fusión a tenor de lo establecido en el artículo 50.1 de la Ley 3/2009, de conformidad con lo señalado en la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 2 de febrero de 2011, y demás concordantes, se ha solicitado el nombramiento de un experto independiente a los exclusivos efectos de que manifieste si el patrimonio aportado por la Sociedad que se extingue, esto es, por "Navarra de Servicios Técnicos Inmobiliarios, S.L." es igual, por lo menos, al aumento de capital que se va a llevar a cabo en la sociedad absorbente, es decir, en "Pedro I, S.A." 6 .- Los titulares de las nuevas acciones que emita la sociedad absorbente para realizar la fusión tendrán derecho a participar en las ganancias sociales y en cualquier peculiaridad relativa a este derecho desde la fecha del acuerdo de fusión. 7 .- El 1 de enero de 2013 será la fecha a partir de la cual la fusión tendrá efectos contables de acuerdo con lo dispuesto en el Plan General de Contabilidad. 8 .- Se van a mantener los mismos Estatutos Sociales actualmente vigentes de la sociedad absorbente "Pedro I, S.A.", sin más modificación que la de su artículo 5º para recoger la ampliación de capital estrictamente necesaria para llevar a cabo el canje previsto en el proyecto de fusión, esto es, para la emisión a la par de las 20.228 nuevas acciones de 6,01 € de valor nominal cada una, con lo que su actual capital de 1.379.295 euros se incrementará en 121.570,28 euros hasta quedar situado en la cifra de 1.500.865'28 euros. 9 .- La valoración del activo y pasivo del patrimonio de la sociedad que se transmite a la sociedad absorbente se ha efectuado, en cuanto a los inmuebles, con la media de los valores aportados por dos sociedades de tasación homologadas por el Banco de España más la valoración de unas acciones cotizadas según su cotización oficial más los saldos en cuentas, siendo los pasivos prácticamente inexistentes. 10 .- La fecha de las cuentas de las sociedades que se quieren fusionar utilizadas para establecer las condiciones de dicha fusión ha sido el 15 de mayo de 2013. 11 .- La fusión que se plantea no tiene consecuencias de ningún tipo sobre el empleo, ni impacto de género en los órganos de administración ni en la responsabilidad social de las empresas que intervienen en la fusión. 12 .- Respecto de ambas sociedades participantes en la fusión se considerarán balances de fusión sus Balances cerrados al 31 de diciembre de 2012.

Pamplona, 15 de octubre de 2013.- El Presidente del Consejo de Administración.

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