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Documento BORME-C-2013-11145

CENTRO TURÍSTICO DE SAN PEDRO DEL PINATAR, S.A.U.
(SOCIEDAD CEDENTE)
CONSORCIO CENTRO TURÍSTICO DE SAN PEDRO DEL PINATAR
(ENTIDAD CESIONARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 12962 a 12962 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CESIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2013-11145

TEXTO

Anuncio de cesión global de activos y pasivos

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que los representantes del Socio Único de la mercantil "Centro Turístico de Talasoterapia de San Pedro del Pinatar, S.A.U." (sociedad cedente), el día 22 de julio de 2013 acordaron la cesión global de sus activos y pasivos a favor de su socio único, el Consorcio Centro Turístico de Talasoterapia de San Pedro del Pinatar (entidad cesionaria), con extinción por disolución sin liquidación de aquélla y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la entidad cesionaria, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad cedente.

De conformidad con el citado artículo 87.2 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho el derecho de los socios y acreedores de las entidades que participan en la cesión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de ambas entidades en los términos previstos en los artículos 88 y 44 de dicha Ley.

Murcia, 29 de julio de 2013.- D. Enrique Ujaldón Benítez, Presidente del Consejo de Administración de Centro Turístico de San Pedro del Pinatar, S.A.U.

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