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Documento BORME-C-2013-10789

BERGÉ MARÍTIMA BILBAO, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE Y SEGREGADA)
FOMENTO DE INVERSIONES MARÍTIMAS, SOCIEDAD LIMITADA
AGENCIA MARÍTIMA CONDEMINAS NORTE,
SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
GARALDE CAPITAL DESARROLLO,
SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
AGENCIA MARÍTIMA CONDEMINAS BILBAO,
SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
MARÍTIMA CANDINA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 12580 a 12581 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2013-10789

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley"), se hace público que el 28 de junio de 2013, los socios únicos –ejerciendo las funciones de cada Junta general de socios– y las Juntas Generales de Socios de las sociedades participantes, acordaron la fusión por absorción de las sociedades Fomento de Inversiones Marítimas, Sociedad Limitada, Garalde Capital Desarrollo, Sociedad Limitada Unipersonal y Agencia Marítima Condeminas Norte, Sociedad Limitada Unipersonal por la Sociedad Absorbente, Bergé Marítima Bilbao, Sociedad Limitada Unipersonal.

Asimismo se hace público que, en la misma fecha, los socio únicos –ejerciendo las funciones de la junta general de socios– de las sociedades segregada y beneficiarias decidieron, conforme al artículo 71 de la Ley, la segregación parcial de dos unidades económicas de Bergé Marítima Bilbao, Sociedad Limitada Unipersonal a favor de dos sociedades beneficiarias, Agencia Marítima Condeminas Bilbao, Sociedad Limitada Unipersonal y Marítima Candina, Sociedad Limitada Unipersonal, todo ello de conformidad con el proyecto común de fusión y segregación redactado por los respectivos órganos de administración de las sociedades participantes.

Asiste a los socios, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión y segregación el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y segregación y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión y segregación, todo ello en los términos de los artículos 43.1, 44 y 73 de la Ley.

Bilbao, 28 de junio de 2013.- Cristóbal Valdés Guinea, representante legal de Bergé Infraestructuras y Servicios Logísticos, Sociedad Limitada, Administradora Unica de Bergé Marítima Bilbao, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbente y Segregada), así como, representante legal de Fomento de Inversiones Marítimas, Sociedad Limitada, Administradora Unica de Garalde Capital Desarrollo, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbida); Juan Aguirre Aguirrezábal representante legal de Bergé Marítima Bilbao, Sociedad Limitada Unipersonal, Administradora Única de Fomento de Inversiones Marítimas, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbida); Salvador Bautista Enciso, Secretario del Consejo de Administración de Marítima Candina, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Beneficiaria), y Ricardo Rubio Vilar, representante legal de Bergé Infraestructuras y Servicios Logísticos, Sociedad Limitada, Administradora Única de Agencia Marítima Condeminas Norte, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbida) y de Agencia Marítima Condeminas Bilbao, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Beneficiaria).

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