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Documento BORME-C-2012-31393

UNIÓN FENOSA COMERCIAL, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
GAS NATURAL SERVICIOS SDG, S.A.
GAS NATURAL COMERCIALIZADORA, S.A.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 247, páginas 33820 a 33820 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-31393

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que en fecha de 18 de diciembre de 2012, los socios de "Unión Fenosa Comercial, Sociedad Limitada" (sociedad escindida), y los accionistas de "Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima" y de "Gas Natural Comercializadora, Sociedad Anónima" (sociedades beneficiarias) en ejercicio de las competencias atribuidas a la Junta general de socios y accionistas de "Unión Fenosa Comercial, Sociedad Limitada", de "Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima" y de "Gas Natural Comercializadora, Sociedad Anónima" respectivamente, han aprobado la escisión total de "Unión Fenosa Comercial, Sociedad Limitada" a favor de "Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima" y "Gas Natural Comercializadora, Sociedad Anónima" en los términos del proyecto de escisión total suscrito por el órgano de administración de "Unión Fenosa Comercial, Sociedad Limitada" (sociedad escindida), y de "Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima" y de "Gas Natural Comercializadora, Sociedad Anónima" (sociedades beneficiarias), en fecha de 29 de junio de 2012.

La mencionada escisión total consiste en la extinción de la sociedad "Unión Fenosa Comercial, Sociedad Limitada" (sociedad escindida) con división de su patrimonio en dos partes y cada parte constituirá una rama de actividad separada, autónoma e independiente que se transmitirá junto con todos los activos y pasivos inherentes a cada parte en bloque y por sucesión universal a favor de "Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima" y de "Gas Natural Comercializadora, Sociedad Anónima" (sociedades beneficiarias).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 LME, se hace constar el derecho de los socios, accionistas, y acreedores de obtener en el domicilio social de las tres sociedades el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión total. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho a oponerse a la escisión total en las condiciones, plazos y términos previstos en el artículo 44 LME.

Barcelona, 19 de diciembre de 2012.- Mireia Martínez Lozano, Presidenta del Consejo de Administración de "Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima" y José Luis Gil Sánchez, Administrador único de "Gas Natural Comercializadora, Sociedad Anónima" y de "Unión Fenosa Comercial, Sociedad Limitada".

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