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Documento BORME-C-2012-29455

SANTAOLALLA E HIJOS, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SANTAOLALLA AMBIENTAL, S.L.
GEAS DESARROLLOS EMPRESARIALES, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 31699 a 31700 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2012-29455

TEXTO

Anuncio de reducción de capital social y escisión total

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se hace público que, con fecha 1 de noviembre de 2012, la Junta General de la mercantil Santaolalla e Hijos, S.A., celebrada con carácter universal, ha aprobado por unanimidad la reducción del capital social de la misma en un importe de ciento un euros con veintiún céntimos de euro (101,21 euros), de forma que el capital social de la sociedad pase a ser de sesenta mil euros (60.000 euros), dividido en mil (1.000) acciones nominativas, de sesenta euros (60 euros) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 1.000, ambos inclusive, con la finalidad de devolver aportaciones a los accionistas de la sociedad.

El procedimiento para llevar a cabo la operación será la disminución del valor nominal de las acciones, que pasará de 60,10121 euros a 60 euros de valor nominal cada una. En consecuencia, se modifica el artículo 7.º de los Estatutos Sociales relativo al capital social.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 334 de la LSC, se hace constar que los acreedores de la sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social y no hayan vencido en ese momento, y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse a la presente reducción de capital social en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, de conformidad con lo establecido en el artículo 336 LSC.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante LME), por remisión del artículo 73 de la citada Ley, se hace público que, con fecha 1 de noviembre de 2012, las Juntas Generales de las mercantiles Santaolalla e Hijos, S.A., Santaolalla Ambiental, S.L., y Geas Desarrollos Empresariales, S.L., celebradas todas ellas con carácter universal, han aprobado todas ellas por unanimidad la escisión total de Santaolalla e Hijos, S.A., consistente en la extinción de esta, por disolución sin liquidación, con división de todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se trasmitirá en bloque por sucesión universal a las sociedades preexistentes Santaolalla Ambiental, S.L., y Geas Desarrollos Empresariales, S.L., recibiendo los accionistas de la sociedad escindida un número de participaciones de las sociedades beneficiarias proporcional a su respectiva participación en la sociedad que se escinde.

A los efectos de lo establecido en el artículo 43 de la LME, por remisión del artículo 73 de la citada Ley, se hace público el derecho que asiste a los accionistas/socios y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, los balances de la escisión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en el plazo de un mes en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, por remisión del artículo 73 de la citada Ley.

Burgos, 2 de noviembre de 2012.- Don Fernando Javier Santa Olalla Pastor, en su condición de Consejero Delegado Solidario de Santaolalla e Hijos, S.A., y de Consejero Delegado de Santaolalla Ambiental, S.L.; don Gerardo Santaolalla González y doña María Asunción Pastor López en su condición de Administradores Mancomunados de Geas Desarrollos Empresariales, S.L.

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