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Documento BORME-C-2012-2395

CATALUNYACAIXA CAPITAL, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERCARTERA ENERGÍA, S.L.U.
INVERCARTERA FOTOVOLTÁICA, S.L.U.
PARQUE FOTOVOLTÁICO PUEBLA DE MONTALBÁN 1, S.L.U.
PARQUE FOTOVOLTÁICO PUEBLA DE MONTALBÁN 2, S.L.U.
PARQUE FOTOVOLTÁICO PUEBLA DE MONTALBÁN 3, S.L.U.
PARQUE FOTOVOLTÁICO PUEBLA DE MONTALBÁN 4, S.L.U.
PARQUE FOTOVOLTÁICO PUEBLA DE MONTALBÁN 5, S.L.U.
PARQUE FOTOVOLTÁICO PUEBLA DE MONTALBÁN 6, S.L.U.
PARQUE FOTOVOLTÁICO PUEBLA DE MONTALBÁN 7, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 30, páginas 2497 a 2498 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-2395

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril (LME), sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el Accionista Único de de CatalunyaCaixa Capital, S.A.U. (como sociedad absorbente), y el Socio Único de Invercartera Energía S.L.U., Invercartera Fotovoltáica, S.L.U., Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 1, S.L.U., Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 2, S.L.U., Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 3, S.L.U., Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 4, S.L.U., Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 5, S.L.U., Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 6, S.L.U., Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 7, S.L.U. (como sociedades absorbidas) por CatalunyaCaixa Capital, S.A.U. (como sociedad absorbente), han decidido en fecha 21 de noviembre de 2011, la fusión por absorción por parte de la sociedad absorbente de las sociedades absorbidas con la disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios sociales a CatalunyaCaixa Capital, S.A.U., que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas.

Se hace constar, de conformidad con el artículo 43 de la LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

Barcelona, 1 de febrero de 2012.- Don Luis José Sánchez Encinas, Secretario no consejero del Consejo de Administración de CatalunyaCaixa Capital S.A.U. y Vice-Secretario no Consejero del Administración de Invercartera Energia, S.L.U., don Josep Fabregat Clotet, representante persona física de: Invercartera Energía, S.L.U. (a su vez) administrador solidario de Invercartera Fotovoltáica, S.L.U. Invercartera Fotovoltáica, S.L.U. (a su vez) administrador solidario de Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 1, S.L.U. Invercartera Fotovoltáica, S.L.U. (a su vez) administrador solidario de Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 2, S.L.U. Invercartera Fotovoltáica, S.L.U. (a su vez) administrador solidario de Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 3, S.L.U. Invercartera Fotovoltáica, S.L.U. (a su vez) administrador solidario de Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 4, S.L.U. Invercartera Fotovoltáica, S.L.U. (a su vez) administrador solidario de Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 5, S.L.U. Invercartera Fotovoltáica, S.L.U. (a su vez) administrador solidario de Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 6, S.L.U. Invercartera Fotovoltáica, S.L.U. (a su vez) administrador solidario de Parque Fotovoltáico Puebla de Montalbán 7, S.L.U.

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