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Documento BORME-C-2012-12465

EL ROMERAL DE VILLALBILLA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 90, páginas 13484 a 13484 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2012-12465

TEXTO

Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid. Convocatoria de Junta General de Accionistas 300/2010.

En los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución:

Auto de 18 de abril de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal que sigue:

Primero.- Convocatoria. Estimando la solicitud formulada por Gregorio Paniagua Simón, debo convocar y convoco Junta general de socios de la sociedad El Romeral de Villalbilla, S.A., en fecha 19 de julio de 2012, a las 12:30 horas, en su domicilio social, la cual será presidida por el socio designado por los demás concurrentes al inicio de la sesión, y a falta de acuerdo, por el socio solicitante, y que tendrá por orden del día:

"1.- Nombramiento de Administradores de la sociedad.

2.- Examen y aprobación, en su caso de las cuentas de los años 2006, 2007 y 2008.

3.- Aprobación de la disolución, con nombramiento de liquidador o liquidadores de la sociedad."

Segundo.- Forma. Dicha convocatoria será publicada en el BORME y en un diario de mayor circulación en la provincia del domicilio social, con al menos un mes de antelación respecto de la fecha fijada de celebración, conteniendo el anuncio las menciones de nombre de la sociedad, fecha y hora de la junta y orden del día, salvo que los Estatutos sociales de El Romeral de Villalbilla, S.A., prevean expresamente otra forma de convocatoria individual al socio o por publicación en la página Web de la sociedad, a cuyas formas se estará en tal caso.

Tercero.- Habilitación. Deberá realizar la citada convocatoria el órgano de administración social, asumiendo la sociedad los gastos generados por la convocatoria y celebración de la Junta.

Para el caso de no proceder ese órgano a efectuar las diligencias precisas para la convocatoria antes del día 3 de mayo de 2012, se habilita directamente a Gregorio Paniagua Simón para efectuar todas las actuaciones exigidas para ello, por sí mismo, sin perjuicio del derecho a reintegrarse de los gastos a costa de la sociedad.

Notifíquese este Auto según lo dispuesto, previniese de que contra él mismo no cabe recurso alguno, siendo firme.

Y, para que sirva de notificación y citación a las partes interesadas se expide la presente.

Madrid, 23 de abril de 2012.- El/La Secretario.

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