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Documento BORME-C-2012-12290

DESARROLLOS EÓLICOS PROMOCIÓN, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GENERACIONES ESPECIALES I, S.L.U.
SINAE INVERSIONES EÓLICAS, S.A.U.
DESARROLLOS EÓLICOS, S.A.U.
AGRUPACIÓN EÓLICA, S.L.U.
CEASA PROMOCIONES EÓLICAS, S.L.U.
SANTA QUITERIA ENERGÍA, S.L.U.
NUEVAS ENERGÍAS DE OCCIDENTE CATALUNYA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 89, páginas 13297 a 13297 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-12290

TEXTO

El Accionista único de la sociedad de Desarrollos Eólicos Promoción, Sociedad Anónima Unipersonal y el socio único de la sociedad Generaciones Especiales I, Sociedad Limitada Unipersonal, ejerciendo las competencias de la Junta general con el carácter de universal han adoptado el día 7 de mayo de 2012 las siguientes decisiones: (i) una fusión por absorción inversa en virtud de la cual Desarrollos Eólicos Promoción, Sociedad Anónima Unipersonal, entidad íntegramente participada por Generaciones Especiales I, Sociedad Limitada Unipersonal, absorberá a esta última, con la consiguiente extinción de Generaciones Especiales I, Sociedad Limitada Unipersonal y transmisión en bloque de su patrimonio social a favor de Desarrollos Eólicos Promoción, Sociedad Anónima Unipersonal y (ii) una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas en virtud de la cual las sociedades Sinae Inversiones Eólicas, Sociedad Anónima Unipersonal, Desarrollos Eólicos, Sociedad Anónima Unipersonal, Agrupación Eólica, Sociedad Limitada Unipersonal, Ceasa Promociones Eólicas, Sociedad Limitada Unipersonal, Santa Quiteria Energía, Sociedad Limitada Unipersonal y Nuevas Energías de Occidente Catalunya, Sociedad Limitada Unipersonal (todas ellas, conjuntamente, las "Sociedades Absorbidas") serán absorbidas por Desarrollos Eólicos Promoción, Sociedad Anónima Unipersonal, con la consiguiente extinción de todas y cada una de las Sociedades Absorbidas y transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios sociales a favor de Desarrollos Eólicos Promoción, Sociedad Anónima Unipersonal.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas únicos y/o socios únicos según el caso y a los acreedores, trabajadores y a los representantes de los trabajadores de todas las sociedades participantes en las operaciones reseñadas en el párrafo anterior a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por absorción inversa y a la fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Sevilla, 7 de mayo de 2012.- Rocío Sicre Rosal, en nombre y representación de Generaciones Especiales I, Sociedad Limitada Unipersonal, administrador solidario de Desarrollos Eólicos Promoción, Sociedad Anónima Unipersonal y de las sociedades absorbidas; y Joao Paulo Nogueira de Sousa Costeira, Presidente de Generaciones Especiales I, Sociedad Limitada Unipersonal.

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