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Documento BORME-C-2012-12202

MENORCA BASQUET, S.A.D.

Publicado en:
«BORME» núm. 89, páginas 13190 a 13190 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2012-12202

TEXTO

El Consejo de Administración de "Menorca Básquet, S.A.D.", de conformidad con la normativa legal y estatutaria en vigor, en sesión celebrada el día 24 de abril de 2012, ha acordado convocar a sus accionistas a Junta general extraordinaria, que se celebrará en Maó, en primera convocatoria, el día 13 de junio de 2012, a las veinte horas, en el Pavelló Menorca, sito en la calle Ángel Ruiz i Pablo, número 11, o, de no alcanzarse el quórum necesario, en segunda convocatoria, el 14 de junio de 2012, en el mismo lugar y a la misma hora, al objeto de informar a sus accionistas de la situación de la sociedad.

Orden del día

Primero.- Salutación del presidente.

Segundo.- Información a los accionistas de la situación actual de la sociedad.

Tercero.- Propuesta y aprobación, si procede, de medidas de ayuda a la viabilidad de la sociedad.

Cuarto.- Ruegos y preguntas.

Quinto.- Redacción, lectura y aprobación, si procede, del acta de la Junta.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 197 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, se pone en conocimiento de los señores Accionistas el derecho que les corresponde de obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta general, pudiendo solicitar dicha información en las oficinas del Club sitas en Maó y de pedir la entrega o el envío gratuito de estos documentos. Así mismo, los accionistas podrán solicitar de los Administradores acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta. Se recuerda a los accionistas que tienen derecho de asistencia que podrán hacerse representar en la Junta por otro accionista, debiendo conferirse dicha representación por escrito y con carácter especial, en los términos y con el alcance previsto en la Ley de Sociedades de Capital. Sin embargo, dicho requisito no será necesario cuando el representante sea cónyuge, ascendiente o descendiente del representado, ni tampoco cuando aquél ostente poder general conferido en escritura pública. A los expresados fines de asistencia, los accionistas solicitarán y obtendrán de la Sociedad, en cualquier momento desde la publicación de la presente convocatoria hasta las diecinueve horas del día anterior al de la celebración de la Junta, las correspondientes tarjetas de asistencia.

Maó, 10 de mayo de 2012.- Presidente.

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