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Documento BORME-C-2012-11606

PREVINTEGRAL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PREVINSA CORPORACIÓN PREVENTIVA,
SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 87, páginas 12530 a 12530 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-11606

TEXTO

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público el proyecto común de fusión de Previntegral, S.L. y Previnsa Corporación Preventiva, S.L., Sociedad Unipersonal, redactado y suscrito por los Administradores de ambas sociedades con fecha 30 de junio de 2011, y depositado en los Registros Mercantiles de Lleida y de Alicante en fechas 14 de diciembre de 2011 y 30 de marzo de 2012 respectivamente, proyecto que supondrá el traspaso en bloque a la sociedad absorbente del patrimonio social de la sociedad absorbida a título de sucesión universal, quedando subrogada la sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida con carácter general y sin reserva ni limitación alguna, y con extinción de la sociedad absorbida.

La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, al tratarse de la absorción de sociedad íntegramente participada. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la citada Ley 3/2009, los informes de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, el aumento de capital de la sociedad absorbente y la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida.

De conformidad con lo establecido en el artículo 51.1 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios de la sociedad absorbente y a los acreedores de la sociedad, absorbente y absorbida, que participan en la fusión de examinar en el domicilio social el proyecto común de fusión y las Cuentas Anuales de los tres últimos ejercicios, así como a obtener la entrega o envío gratuito de los textos íntegros de dicha documentación. No se ha efectuado Informe de experto al tratarse de la absorción de unas sociedades íntegramente participadas.

También se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades absorbente y absorbida cuyo crédito no se encuentre suficientemente garantizado, de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Finalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 51.1 de la Ley 3/2009, los socios que representen al menos el uno por ciento del capital tienen derecho a exigir la celebración de la junta de Previntegral, S.L. (sociedad absorbente) para la aprobación de la fusión por absorción, dentro de los 15 días desde la fecha de este anuncio, mediante requerimiento notarial a los Administradores.

Lleida, 29 de abril de 2012.- El Administrador Único de Previntegral, Sociedad Limitada, don Eduardo Ezquer Cardona, y el Administrador Único de Previnsa Corporación Preventiva, Sociedad Limitada Unipersonal, don Alejandro Resa Blánquez.

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