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Documento BORME-C-2011-9716

CANAL EXTENSIA, SOCIEDAD ANÓNIMA,
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HIDROSER SERVICIOS INTEGRALES DEL AGUA,
SOCIEDAD ANÓNIMA, SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 72, páginas 10307 a 10307 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-9716

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el Accionista Único de las sociedades Canal Extensia, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, e Hidroser Servicios Integrales del Agua, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, decidió con fecha 4 de abril de 2011, la fusión por absorción de Hidroser Servicios Integrales del Agua, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbida) por parte de la sociedad Canal Extensia, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbente), por medio de la transmisión en bloque de todo el patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, previa disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida.

Todo lo anterior, conforme al Proyecto Común de Fusión suscrito, con fecha 2 de febrero de 2011, por los respectivos Órganos de Administración de las sociedades que se fusionan y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, correspondiente al domicilio social de las sociedades participantes en la fusión, así como a los Balances de Fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2010.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho de los accionistas y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los Balances de Fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una de las sociedades que se fusionan.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, los acreedores de las sociedades participantes en la fusión podrán oponerse al acuerdo de fusión adoptado por dichas sociedades, durante el plazo de un (1) mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

Madrid, 4 de abril de 2011.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Canal Extensia, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal e Hidroser Servicios Integrales del Agua, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, don Ángel Varona Grande.

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