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Documento BORME-C-2011-6452

SPANAIR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 52, páginas 6806 a 6807 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2011-6452

TEXTO

Anuncio de ampliación de capital social.

A los efectos de lo previsto en el artículo 305.2 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Extraordinaria de Spanair, S.A. (la "Sociedad"), celebrada el día 14 de marzo de 2011, adoptó el acuerdo de ampliar el capital social, cuyos términos y condiciones más relevantes se detallan a continuación:

1.1 Ampliación de capital social: La Junta General ha acordado ampliar el capital social, mediante aportaciones dinerarias, hasta una cifra máxima de 1.201.868,55 Euros, mediante la emisión de hasta un máximo de 8.012.457 nuevas acciones, representadas por títulos nominativos de 0,15 Euros de valor nominal cada una de ellas y numeradas correlativamente del 108.540.019 al 116.552.475 ambas inclusive, hasta dejar la cifra del capital social en la cifra máxima de 17.482.871,25 Euros.

Todas las nuevas acciones ostentan los mismos derechos políticos y económicos, excepto las limitaciones que se establecen en el artículo 8 de los Estatutos sociales para cada Clase y Serie de acciones, y serán de igual valor nominal.

1.2 Prima: Cada una de las nuevas acciones se crea con una prima de emisión de 1,34253715308 Euros, lo que hace un total de hasta un máximo de 10.757.021,21 Euros de prima de emisión por el conjunto de las 8.012.457 nuevas acciones, haciendo un desembolso total (nominal más prima) hasta la cifra máxima de 11.958.889,76 Euros.

1.3 Contravalor, suscripción y desembolso: El contravalor del aumento acordado consiste en las aportaciones dinerarias por parte de los accionistas de la Sociedad hasta completar, en su caso, la cifra máxima del aumento.

Se reconoce a los accionistas el derecho a suscribir un número de nuevas acciones proporcional al valor nominal de las que poseen y de la misma Clase y Serie de las que ya posean. El ejercicio de este derecho se ajustará a las siguientes normas:

a. Las nuevas acciones son ofrecidas a los actuales accionistas durante un plazo de un (1) mes ("Periodo de suscripción") para que, en el ejercicio del derecho de suscripción preferente que se les reconoce, puedan suscribirlas. El cómputo del Periodo de suscripción empezará el día siguiente a la publicación del anuncio de oferta de suscripción en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil". El Periodo de suscripción no será prorrogable. Las acciones suscritas en ejercicio del derecho de suscripción preferente deberán ser íntegramente desembolsadas al mismo tiempo de la suscripción.

b. Tendrán derecho de suscripción preferente aquellos accionistas que aparezcan legitimados como tales en el Libro Registro de Acciones de la Sociedad antes de las 23:59 horas del día en el que se publique el anuncio de la oferta de suscripción en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil".

c. Los derechos de suscripción preferente de cada Clase y Serie de acciones serán transmisibles por los accionistas en las mismas condiciones que las acciones de las que deriven, de conformidad con lo establecido en el artículo 306.2 de la Ley de Sociedades de Capital.

d. Para ejercitar los derechos de suscripción preferente, los accionistas legitimados de acuerdo con el párrafo (b) anterior o los terceros no accionistas que hayan adquirido derechos de suscripción preferente, deberán dirigir al Consejo de Administración de la Sociedad una solicitud de suscripción, por escrito y con carácter firme, incondicional e irrevocable, en la que se deberá indicar:

(I) La identidad del accionista o titular de derechos de suscripción preferente (en caso de que se trate de un tercero que haya adquirido el/los derecho/s de suscripción preferente). En el supuesto de que los derechos de suscripción preferente que se pretendan ejercitar hayan sido adquiridos de un accionista de la Sociedad, el nuevo titular (ya sea accionista o un tercero) deberá acreditar dicha adquisición mediante exhibición del documento que acredite suficientemente la transmisión.

(II) El número de acciones que desea suscribir en el ejercicio de sus derechos de suscripción preferente.

(III) Para acreditar el desembolso de las aportaciones dinerarias, se deberá aportar resguardo original acreditativo de haber ingresado el importe correspondiente al número de acciones objeto de la solicitud de suscripción en la cuenta corriente número 2100-8612-99-0200000843 abierta a nombre de la Sociedad en la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona "la Caixa".

(IV) El domicilio del accionista o titular de derechos de suscripción preferente a los efectos de eventuales notificaciones relacionadas con el aumento de capital.

(V) La solicitud de suscripción deberá enviarse a las oficinas centrales de la Sociedad situadas en la Plaça Europa, números 54-56, 08902, L’Hospitalet de Llobregat (Barcelona).

Los derechos de suscripción preferente no ejercitados de acuerdo con las reglas indicadas quedarán automáticamente extinguidos a la finalización del Periodo de suscripción sin posibilidad de suscripción preferente en segundo grado (segunda vuelta).

1.4 Suscripción incompleta: El acuerdo de aumento de capital adoptado por la Junta General de la Sociedad prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta del aumento. Por tanto, si concluido el Periodo de suscripción el aumento no hubiese quedado íntegramente suscrito, el capital se ampliará en la cuantía de las suscripciones efectuadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital.

Una vez finalizado el Periodo de suscripción, el Consejo de Administración procederá a determinar el importe definitivo del aumento de capital, de conformidad con la cifra que resulte de la efectiva suscripción de las nuevas acciones.

Barcelona, 14 de marzo de 2011.- Don Joan Roca Sagarra, Secretario del Consejo de Administración.

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