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Documento BORME-C-2011-36489

TDG DOMAN IBERIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NORBERT DENTRESSANGLE OVERSEAS SPAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 38891 a 38891 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-36489

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el socio único de "TDG Doman Iberia, Sociedad Limitada Unipersonal" por decisión de fecha 22 de noviembre de 2011 aprobó la fusión por absorción de la sociedad íntegramente participada "Norbert Dentressangle Overseas Spain, Socieda Limitada Unipersonal" sobre la base del Proyecto Común de Fusión de fecha 30 de junio de 2011, y sirviendo de base a la operación los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2010 y verificados por los auditores de cuentas, en su caso. Todo ello con entera transmisión, asunción y subrogación de todos los bienes y derechos de la Sociedad Absorbida y, por tanto, incorporando en bloque todos los activos y pasivos de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, con disolución sin liquidación de la primera.

El Proyecto de Fusión fue presentado para su depósito de forma simultánea en los Registros Mercantiles Bilbao y Santander el día 26 de octubre de 2011, siendo las fechas de depósito y publicación en el BORME las que a continuación se indican: (1) Registro Mercantil de Santander el 2 de noviembre de 2011, publicado el día 16 de noviembre de 2011 en el BORME; (2) Registro Mercantil de Bilbao el 27 de octubre de 2011, y publicado el día 10 de noviembre de 2011 en el BORME.

Teniendo en cuenta que la Sociedad Absorbente, es la titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 3/2009.

Se hace constar de conformidad con los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión; así como el derecho que corresponde a los acreedores de ambas Sociedades cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del Proyecto Común de Fusión, de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Bilbao, 22 de noviembre de 2011.- El Secretario del Consejo de Administración de "TDG Doman Iberia, Sociedad Limitada Unipersonal".

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