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Documento BORME-C-2011-33604

ALOINSA 21, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
COQUI INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA
SURVIVE INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA
FANATOR, SOCIEDAD LIMITADA
FAMTOPOL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 35859 a 35859 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-33604

TEXTO

De conformidad con el artículo 73 y siguientes de la Ley 3/2009, se hace público que la Junta General Universal de "Aloinsa, Sociedad Limitada", celebrada el 25 de octubre de 2011 aprobó, por unanimidad, la escisión total de la sociedad y el traspaso de la totalidad de su patrimonio social a las sociedades beneficiarias de nueva constitución "Coqui Inversiones, Sociedad Limitada", "Survive Inversiones, Sociedad Limitada", "Fanator, Sociedad Limitada" y "Famtopol, Sociedad Limitada", conforme a lo dispuesto en el proyecto de escisión total suscrito por el órgano de administración de la sociedad escindida y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, y en consecuencia las sociedades beneficiarias se subrogan en todos los derechos y obligaciones de la entidad escindida, sobre el patrimonio transmitido, tomando el día en que la operación cause inscripción en el Registro Mercantil, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por la sociedad escindida se considerarán computables a efectos contables respecto al patrimonio escindido, en cada una de las sociedades beneficiarias.

La escisión se acordó con la aprobación del Balance de escisión de 31 de diciembre de 2010, sin conceder ventajas especiales a los miembros de órgano de administración, ni a los expertos independientes, quedando subrogada las beneficiarias en todas las relaciones jurídicas y económicas de la escindida en cuanto al patrimonio segregado.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y que asimismo a los acreedores de la sociedad escindida les asiste el derecho de oposición a la escisión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en la Junta General Universal.

Madrid, 25 de octubre de 2011.- Consejeras de "Aloinsa 21, Sociedad Limitada", doña Paloma María Torres Polo, doña Olga Torres Polo y doña Natalia Torres Polo y Secretaria Consejera, doña Marta José Torres Polo.

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