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Documento BORME-C-2011-33600

INVERSIONES ARAHONDE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TIERRAS DE CINCO NAVAJOS, S.L.U.
(SOCIEDAD UNIPERSONAL ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 35855 a 35855 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-33600

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Capital, se comunica que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, celebradas 17 de octubre de 2011, aprobaron, por unanimidad, la fusión mediante la absorción de "Tierras de Cinco Navajos, Sociedad Limitada Unipersonal" por "Inversiones Arahonde, Sociedad Limitada Unipersonal", con la consecuente disolución sin liquidación de la primera y adquisición en bloque de su patrimonio social por la segunda sobre la base de los Balances cerrados a 31 de julio de 2011 y conforme al proyecto de fusión depositado en los Registros Mercantiles de Guipúzcoa y Ciudad Real.

El Balance de Fusión de la sociedad absorbente ha sido verificado por sus auditores de cuentas.

Las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables a partir de la fecha de inscripción de la escritura de fusión en el Registro Mercantil.

Se hace constar que la fusión se realiza sin aumento de capital de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien de las participaciones de la sociedad absorbida, no siendo preciso, en consecuencia, realizar ningún tipo de canje. Por la misma razón, no es necesario informe de Administradores ni de experto independiente.

No existen en las sociedades intervinientes en la fusión titulares de derechos especiales distintos de las participaciones. No se otorga ventaja alguna a los Administradores de las sociedades fusionadas.

Los estatutos de la Sociedad absorbente no sufrirán modificación alguna como consecuencia de la fusión, salvo el artículo 2 relativo al objeto social. El objeto social de la sociedad absorbente se ha ampliado para acoger las actividades comprendidas en el objeto social de la sociedad absorbida, que serán continuadas por la sociedad absorbente.

Los socios y acreedores de las sociedades participantes de la fusión tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de Fusión. Se hace constar, asimismo, el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Sociedades de Capital en el plazo de un mes desde el último anuncio del acuerdo de fusión. Así como el derecho de los representantes de los trabajadores a pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos relacionados con la fusión, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 3/2009.

San Sebastián, 17 de octubre de 2011.- Martín Aranburu Galparsoro, Administrador Único de "Tierras de Cinco Navajos, Sociedad Limitada Unipersonal" e Izaskun Aranburu Enparan, Administradora Única de "Inversiones Arahonde, Sociedad Limitada Unipersonal".

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